NewslettersRegístrateAPP
españaESPAÑAchileCHILEcolombiaCOLOMBIAusaUSAméxicoMÉXICOusa latinoUSA LATINOaméricaAMÉRICA

LALIGA

Ya hay resolución: habrá fútbol los viernes, pero no los lunes

El juez acepta en parte las medidas cautelares solicitadas por LaLiga tras la imposición de Competición de jugar en sábados y domingos.

El juez Andrés Sánchez Magro.
El juez Andrés Sánchez Magro.Kiko HuescaEFE

Ya hay resolución oficial en el ‘Caso Horarios’. El magistrado del juzgado número 2 de lo Mercantil, Andrés Sánchez Magro, ha estimado este viernes parcialmente las medidas cautelares que solicitó LaLiga hace dos semanas tras la imposición de la juez única del Comité de Competición, Carmen Pérez, de agrupar sólo en sábados y domingos todos los partidos del campeonato en las tres primeras jornadas que ya estaban programadas. De esta forma, el juez determina, sólo dos días después de la vista celebrada entre las partes, que los campeonatos en Primera y Segunda empiecen con encuentros los viernes pero no así los lunes, una solución que parece salomónica y que, sin embargo, pone en peligro los contratos televisivos ya firmados por LaLiga al estar los lunes incluidos. 

El campeonato 2019-20 se estrenará de esta manera como estaba fijado en un principio por la patronal, con el Athletic-Barça del próximo viernes 16 de agosto. En esa jornada Mallorca y Eibar se iban a enfrentar el lunes 19, pero el juez no lo permitirá tras la resolución que ya ha comunicado a los afectados.

La postura de la Federación, que se siente ganadora en el conflicto (Rubiales publicó un tuit eufórico), ha sido clave ya que, en su negociación fallida con LaLiga, había aceptado jugar los viernes a cambio de una compensación económica mientras se oponía radicalmente con el tema de los lunes por sensibilidad con los aficionados. Por eso, el juez solicita a LaLiga que deposite una caución de 15 millones para permitir la disputa de partidos los viernes.

Una vez concedidas las medidas cautelares, el juez entrará ahora en el fondo del asunto para determinar si este modelo se mantiene durante toda la temporada o solo es provisional y acaba dando la razón a la Federación o a LaLiga con los viernes en un asunto que tenía y sigue teniendo en jaque a los clubes: sus presupuestos dependen en gran medida de los contratos televisivos (6.000 millones en tres años) y que ahora están en el aire por posibles incumplimientos. Los clubes podrían dejar de ingresar unos 300 millones anuales por no jugar los lunes, ya que tendría un gran impacto para los clubes quitar esa franja horaria en sus acuerdos con la hostelería. Jaume Roures (Mediapro) ya lo señaló en su declaración ante el juez el pasado miércoles al desvelar que el fútbol "devaluaría su valor en un 30%" si se quitan los partidos de los viernes y los lunes. Por tanto, hay un auto para poder arrancar LaLiga el viernes, pero el problema no se ha zanjado definitivamente.

Partidos afectados

LaLigaSantander se iniciará el próximo viernes 16 de agosto con el partido entre el Athletic Club y el Barcelona a las 21:00 horas CET, como ha confirmado LaLiga, pero deberán modificarse los partidos del lunes de las dos primeras jornadas: Mallorca-Eibar (20:00 horas) y Betis-Valladolid (22:00) del 19 de agosto y Leganés-Atlético de Madrid (21:00) del día 26.

En Segunda División esta resolución afectará al encuentro entre Elche y Fuenlabrada (22:00) del día 19, al Extremadura-Fuenlabrada (21:00) del día 26 y al Girona-Málaga (21:00) del 2 de septiembre.

Un auto de 32 folios (consúltalo aquí)

El juzgado número 2 de lo Mercantil emitió un comunicado sobre el asunto:

"El magistrado titular de Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Madrid ha estimado parcialmente las medidas cautelares solicitadas por la LaLiga respecto de la resolución de la jueza única de Competición de la Real Federación Española de Fútbol en la que no se autorizaba la celebración de los partidos los viernes y los lunes.

En un extenso auto de 32 folios, y entre otros razonamientos jurídicos, el magistrado asume la competencia del asunto, a pesar de que es una materia propia del derecho deportivo. El juez entiende que se ha planteado una acción de competencia desleal y de defensa de la competencia de LaLiga frente a la RFEF, que es, precisamente, lo que se examina en el procedimiento.

Además, en la resolución se concluye de manera indiciaria (no definitiva) que tanto LaLiga como la RFEF tienen ‘fines concurrenciales’ porque ambos son titulares de los derechos de comercialización audiovisual sobre los partidos de fútbol profesional.

En la resolución se expone además que el sistema de fijación de fechas distintas a la jornada oficial de sábado y domingo está determinada por el principio de coordinación entre ambas organizaciones y, a pesar de lo que alega LaLiga, el Real Decreto 5/2015 no cambia el sistema. Además, tanto LaLiga como la RFEF han suscrito convenios de coordinación hasta ahora, incluso, tras la vigencia del citado Real Decreto

Siempre indiciariamente, se afirma en la resolución, la RFEF podría haber realizado una práctica desleal al no firmar el convenio de coordinaciónpara comercialización de partidos distintos a la jornada oficial de la presente temporada: "(...) iii.- Que la RFEF indiciariamente podría realizar una práctica desleal al no suscribir convenio de coordinación para la comercialización de partidos distintos a la jornada oficial de la presente temporada". El magistrado mantiene que tiene que existir la coordinación entre ambos y parece que la Federación tiene voluntad de negociar sobre el partido del viernes, pero no del lunes.

Por todo lo expuesto, se estima parcialmente la medida cautelar y se ordena a la Federación la cesación o impedimento de la celebración de partidos los viernes, pero no los lunes, siempre y cuando se preste una caución de 15.000.000 de euros.

Se recuerda que este auto es una resolución cautelar, que, por tanto, no prejuzga el asunto; es decir, que el magistrado aún no ha entrado a valorar el fondo del mismo, lo que hará más adelante, según vaya avanzando el procedimiento.

Contra esta resolución, que aún no ha alcanzado firmeza, cabe interponer recurso de apelación ante la Sección 28 de la Audiencia Provincial de Madrid, el tribunal competente en asuntos de naturaleza jurídica mercantil.