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REAL MADRID

El 11-E habrá fallo por el juicios de los Estatutos del Real Madrid

Tras recurso, debe decidir sobre el asunto la Audiencia Provincial. La juez Arranz falló a favor del Real Madrid en primera instancia.Final Champions League 2017: Juventus-Real Madrid .

El 25 de noviembre de 2015. Fernández de Blas, vicepresidente de Florentino, declaró como testigo.
FELIPE SEVILLANODIARIO AS

El Tribunal de la sección novena de la Audiencia Provincial de Madrid ha anunciado que emitirá su fallo por el juicio de los Estatutos del Madrid el próximo 11 de enero. Dicho Tribunal está formado por los magistrados Juan Luis Gordillo, Juan Ángel Moreno, José María Pereda, María José Romero y César Tejedor. De su decisión depende el futuro institucional inmediato de la entidad, ya que resuelve sobre la demanda que interpuso un grupo de socios del Madrid que entendieron que los últimos cambios estatutarios promovidos por Florentino restringían el derecho del socio a elegir y ser elegido presidente. Con los actuales Estatutos, don Santiago Bernabéu no podría ser presidente de la entidad.

La Juez Almudena Maricalva Arranz falló en contra de los demandantes en primera instancia. Lo hizo tras la vista que se celebró el 25 de noviembre de 2015 en la que la fiscal, doña Carmen Marticorena, pidió en sus conclusiones que se desestimara la demanda, lo que fue considerado “extraño” por los demandantes, ya que la fiscalía se suele posicionar en defensa de los derechos fundamentales que se reclaman.

Los demandantes, 15 socios de la peña Quinta del Buitre de Callosa de Segura (encabezados por Rafael Martínez Campillo), piden dos cosas concretas a la Justicia. Que se anulen los acuerdos tomados por la Asamblea de 2012 que endurecían las condiciones para ser candidato y, además, que se anule de pleno derecho la actual junta directiva, que resultó elegida en las posteriores elecciones de 2013 a las que nadie más que Florentino pudo presentarse.

Los cambios estatutarios objeto de la demanda que se aprobaron en aquella Asamblea del 2012 hacían referencia a dos puntos fundamentales: por un lado, a la antigüedad como socio para poder presentarse (pasaba de 10 años a 20 para el caso del presidente y de cinco a 15 para el del vicepresidente) y por otro, a las condiciones establecidas para el preaval del 15% del presupuesto (ahora, 90 millones de euros) que aporta la Junta Directiva, que desde aquellos cambios tiene que ser otorgado con patrimonio “exclusivamente personal” (nada de terceros) y por una entidad española (nunca del extranjero).

De prosperar la demanda, el Madrid tendría que volver a los Estatutos anteriores, convocar nuevas elecciones y volvería a abrirse el abanico de candidatables.

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