EL ABOGADO DEL CASO BOSMAN
Dupont: "El Fair Play Financiero crea una especie de NBA"
El abogado belga Jean-Louis Dupont, conocido por el Caso Bosman, ha iniciado una batalla legal contra el Fair Play Financiero,.
¿Por qué representa al agente de jugadores, Daniel Striani, y a asociaciones de aficionados (Francia, Bélgica e Inglaterra) en su denuncia contra el Fair Play Financiero?
Hemos presentado sendas denuncias ante la Comisión Europea y el Tribunal de Primera Instancia de Bruselas porque el sistema es inadecuado e ilegal, según el propio derecho comunitario.
¿En qué sentido es así?
Vamos por partes. El Fair Play financiero es un reglamento de la UEFA. Cualquier reglamento, según la jurisprudencia comunitaria, es un acuerdo entre empresas. La normativa del Fair Play tiene más de cien páginas y en la mayoría de ellas no atisbo ningún problema. Todo lo relativo a las licencias, a la exigencia de tener un estadio con un determinado número de asientos... Todo esto está muy bien. Sin embargo, existen dos artículos que, en sustancia, vienen a decir que tú no puedes gastar más de lo que ganas. Esto dicho así parece una buena idea, pero en el mundo empresarial el hecho de gastar más no es necesariamente malo. En un momento dado, el propietario de un club perfila un proyecto y decide poner cada temporada una cantidad X de su bolsillo. Por ejemplo, el club gana cien pero esa persona resuelve gastar 150 poniendo ese dinero extra de sus propias arcas. Con el Fair Play financiero esto no puede suceder. Este reglamento, traduciéndolo a términos económicos y jurídicos, no es más que una prohibición de inversión. En cualquier otro sector de la economía todo el mundo diría que esto es una locura. Va en contra del derecho comunitario.
¿Qué leyes del Tratado de la UE contradice?
Afecta a los derechos de libre circulación de capital, de trabajadores y de servicios. Es, como decía, una violación del derecho comunitario. Cuando uno habla de un acuerdo anticompetitivo (un cártel), normalmente las empresas lo esconden. Aquí no. El acuerdo está publicado en la página web de la UEFA y este organismo reivindica que el objetivo es prohibir la inversión. Ni hay que demostrar la restricción de competencia. Está ahí.
¿Cuál sería el debate a entablar entonces?
Saber si unos objetivos nobles (la estabilidad financiera a largo plazo y la integridad de las competiciones) de la UEFA justifican esta restricción. ¿Esta herramienta ayuda a cumplir estas aspiraciones? Los economistas que han estudiado a fondo el caso aseguran que no se puede establecer con certeza que vaya a satisfacer los objetivos de la UEFA. Pero sí están seguros de una cosa.
¿De qué?
Se va a congelar la estructura del mercado. Los 15 clubes que ya están arriba siempre lo estarán porque ya nadie podrá coger al club 16 e invertir para convertirlo en el diez. Se acentuará su hegemonía. Se crea una especie de NBA.
¿Qué otros efectos negativos, según su postura, tiene?
Reduce el número de transferencias, se emplearán menos jugadores y tendrán salarios más bajos.
Si les diesen la razón a ustedes, ¿cree que se desataría el caos?
No. Si recordamos el Caso Bosman, las normativas de la UEFA y la FIFA decían, en esencia, que al final del contrato un no tenía ninguna salvación. Aquí no estamos para nada en el mismo contexto. La UEFA ha identificado un problema interesante, pero se ha equivocado en la respuesta. Este sistema es desproporcionado y no garantiza que se cumplan los objetivos, según un análisis detallado de expertos economistas y juristas. Sólo hará falta reemplazar la norma actual por una más eficiente y proporcionada. No habrá así un vacío jurídico.
¿Cuál sería una alternativa más lógica?
No es mi papel. Este informe económico del que hablábamos propone para alcanzar el equilibrio financiero una distribución más equitativa de los ingresos centralizados acompañada de un “impuesto de lujo” (una tasa que se pagaría a los dueños de otros clubes por ese exceso de gasto). Pero para mí, para respetar la integridad de las competiciones UEFA no es necesario prohibir las contribuciones de un propietario. Simplemente es suficiente exigir que éstas estén avaladas mediante garantías bancarias antes del inicio de la competición y durante el desarrollo de la misma. Bastaría con que ese dinero se depositase en un banco antes del comienzo. No sucederían así casos como el del Portsmouth (en la temporada 2009- 10 entró en situación de administración judicial y la Premier le impuso una sanción de nueve puntos que prácticamente le descendió).
¿Considera este planteamiento una buena opción?
Sería una alternativa viable. Me parece adecuado, porque resuelve el problema, y proporcionado, porque es la manera menos agresiva de llegar a los objetivos deseados. Garantizar el ‘sobregasto’ es suficiente.
¿Le resultó curioso el hecho de que la UEFA intentase llegar a acuerdos con los clubes que serían sancionados?
En sí, no me resultó chocante. Incluso en la justicia ordinaria ocurre con las llamadas transacciones penales. Pero, cuidado, sí hubo algo que me resultó llamativo. Leí que si ese club no pactaba con la UEFA, la sanción podía ser mayor.
¿Lo vio como una amenaza?
No tengo que calificarlo. Simplemente no me gustó. Lo veo raro, muy raro. Es dudoso, porque, en derecho de la competencia, decirle a alguien que puede quedarse fuera suena a boicot…
¿La Comisión Europea ha desestimado ya la queja del señor Striani?
Eso no es así. La Comisión se limitó a afirmar que tiene la intención de desestimar la denuncia (pero, de momento, no lo hizo), no porque sea infundada, sino porque asegura que el TPI de Bruselas está “en buena posición” para resolver el conflicto, ya que “puede hacer preguntas al Tribunal de Justicia de la Unión Europea” y porque entonces este tribunal puede “cancelar el reglamento de la UEFA” en toda la Unión Europea, en base artículo 101.2 del Tratado de la UE. Así que, o la Comisión resuelve la disputa o será el TPI Bruselas. Esto es perfecto para mi cliente.
¿En qué plazo se resolverán las denuncias?
La audiencia del pleito se celebrará en febrero de 2015 y el juicio, en principio, en abril de ese mismo año.
Explicada su visión, ¿por qué cree que la Comisión Europea ha mostrado su apoyo a este reglamento?
El señor Almunia, comisario de Competencia, es un político y, como político, ha dado su apoyo a un concepto. Me parece lícito. Jacques Delors (presidente de la Comisión Europea entre 1985 y 1995) también respaldó a la UEFA y a la FIFA en contra del Caso Bosman, pero el criterio de los jueces fue muy distinto a la posición política. Son cosas distintas.
Algunas voces aseguran que el problema del fútbol es que funciona por fuera de la legislación ordinaria. ¿Piensa que es así?
Eso era así hace 25 años. Ya no es así. Al final siempre hay forma de que un juez ordinario dicte sentencia sobre algún problema vinculado al deporte. Sin embargo, es cierto que la UEFA, la FIFA o el COI hacen todo lo posible en intentar evitar la aplicación del derecho comunitario. La forma práctica de hacerlo es incentivar que todos los casos vayan al TAS (Tribunal de Arbitraje Deportivo) y como este organismo está establecido en Suiza no tiene la obligación de implementar el derecho comunitario. Hacen su papel. Es un juego delicado. Pero técnicamente no es correcto decir que la UEFA, la FIFA o el COI estén fuera del orden jurídico estatal o supranacional.
¿Cree que el TAS goza de independencia suficiente?
En algunos casos puede ser un verdadero tribunal de arbitraje, con toda la independencia de la ley. Pero en otros no, por razones estructurales. Un ejemplo. Usted es un club que ha perdido en la FIFA un litigio con otro club. Recurre al TAS. Tú vas a nombrar un árbitro, el otro club otro árbitro y luego el presidente del TAS elegiría un tercero. Hasta hace cuatro días el cargo de presidente lo ostentaba Tomas Bach, ahora presidente del COI. Por eso, el club que denuncia un reglamento de la FIFA va a jugar un partido de dos contra uno. Yo invoco el derecho comunitario y el TAS no puede aplicarlo. Un agente lo puede intentar, pero un club lo tiene todavía más difícil porque cuando sella su formulario de participación en la Champions tiene que firmar que acepta el arbitraje del TAS. Es algo delicado.
¿Cuál sería la solución?
Para mí, que el TAS cure estos defectos estructurales y que tenga sede en la UE (lo que conlleva la obligación de respetar el derecho comunitario). Así, no se podrá cuestionar la legitimidad de esta institución.