Real Madrid
Ramón Calderón no ha perdido ningún juicio en estos cinco años
A Ramón Calderón se le imputaron cuatro delitos derivados de la Asamblea de 2008 en la que votaron diez ‘no compromisarios’. La Audiencia Provincial pidió la nulidad del auto.
El 16 de enero de 2009 Ramón Calderón anunciaba en conferencia de prensa su dimisión definitiva de la presidencia del Madrid. “Me voy con la cabeza muy alta”, señalaba ante los medios después de un largo periodo de insinuaciones, acusaciones contra él y sospechas que terminaron por hacer ingobernable el club. Hoy, cinco años después de aquella dimisión, Calderón no ha sido condenado por ninguna de las causas judiciales en las que se vio envuelto en fechas posteriores. Ni siquiera se le abrió juicio.
Calderón había accedido a la presidencia en las elecciones de 2006. Una denuncia suya consiguió anular el voto por correo (lo hizo la juez Milagros Aparicio, titular del Juzgado de Instrucción nº 47 de Madrid). Por su etapa en directivas anteriores de Florentino Pérez, Calderón sospechaba que el voto por correo era en realidad un voto recaudado y falsificado (que favorecía a la directiva saliente). Los jueces le dieron la razón y, en aquellas elecciones (después de la dimisión de Florentino y de la sucesión en la presidencia de Fernando Martín y Montejano), sólo computó el voto presencial, en el que su candidatura fue la más votada seguida de la de Juan Palacios, Juan Miguel Villar Mir (la continuista de Florentino, a la que éste apoyaba), Lorenzo Sanz y Arturo Baldasano. Sin convocar nuevas elecciones Calderón se hizo cargo del club y ganó dos Ligas en muy poco tiempo, pero su mandato siempre estuvo salpicado por informaciones sobre una supuesta gestión irregular, más aún cuando se conoció que en la Asamblea de Socios Compromisarios del 7 de diciembre de 2008, en la que se debían aprobar las cuentas del ejercicio 2007-08 y el presupuesto del siguiente, se colaron y votaron diez personas que no eran compromisarios. La denuncia presentada por un grupo de socios suspendió cautelarmente los acuerdos adoptados en aquella Asamblea. Hubo otra denuncia individual, la del socio Martín Palacios.
El inicio. El 7 de mayo de 2009 Ramón Calderón recibía dos citaciones por dos autos emitidos en cuestión de horas. El primero estaba remitido por el Juzgado 25 de Madrid por “implicación en el fraude del voto por correo de las elecciones de 2006”. El segundo, derivado de aquella denuncia de José Javier Martín Palacios, por el juzgado 32. En él, el juez Santiago Torres (hoy retirado de la carrera judicial y trabajando en el sector privado) imputó a Calderón cuatro presuntos delitos por aquella Asamblea: uno por posible obtención de acuerdos lesivos por mayoría ficticia, otro por posible administración desleal y falseamiento de las cuentas anuales del Madrid (había cambiado el criterio contable), un tercero por posible disposición fraudulenta de fondos de la sociedad en beneficio de sus familiares por la realización de viajes con cargo al club y otro por facilitar presuntamente entradas a precio cero a sus colaboradores que luego fueron vendidas a través de la empresa Il Consigliere. Estos fueron los argumentos expuestos por el Juez Torres, tras una larga instrucción, en su auto de transformación de procedimiento abreviado (para abrir juicio) del 29-2-2012, antes de irse al sector privado...
Calderón recurrió ese auto del Juez Torres. El recurso acabó en la sección 16 de la Audiencia Provincial de Madrid, que en su resolución del 19 de Nov. de 2013 declaraba la nulidad de dicho auto, una victoria casi total para el expresidente del Madrid ya que no se vieron indicios suficientes para juzgarle. La Audiencia Provincial devolvía así el caso al Juzgado 32 por si estaba interesado en seguir investigando (extremo muy improbable). La resolución de nulidad de un auto de un juez (en este caso el juez Torres) por parte de la Audiencia Provincial ocurre en una ínfima proporción de casos. En este sentido, el informe del fiscal del 1 de abril de 2013, en el que pedía el archivo definitivo de la causa, fue definitivo.
En relación a la Asamblea de diciembre de 2008 en la que se colaron varios ‘no compromisarios’, el fiscal exoneraba de responsabilidad a Calderón: “El control realizado a los compromisarios con derecho a voto no fue uno físico, que impidiera el paso a quien no ostentara esa condición (...). Tampoco consta el modo y manera en que les fue facilitada la entrada (...)”. El juez Torres reflejaba en su Auto actuaciones lesivas para el Madrid porque en esa Asamblea en la que se colaron ‘no compromisarios’ se aprobaron, entre otras cosas, las cuentas del club. Por contra, el fiscal argumentaba: “Se aprobaron con una diferencia de 161 votos a favor, atribuyendo el Auto (del juez) exclusivamente a 10 personas en concreto esta actuación ilícita (voto sin derecho al mismo), lo que significa que la mayoría por la que se aprobó dicho acuerdo no fue ficticia, ya que aún descontando las 10 personas se hubiera llegado igualmente a la aprobación (...)”. Y añadía: “Asimismo, los acuerdos adoptados en la Asamblea del 7 de diciembre de 2008 fueron judicialmente anulados, por lo que se convocó otra el 29 de marzo de 2009 en la que se volvieron a votar los mismos puntos y fueron aprobados y ratificados (...) sin la presencia de esas 10 personas, por lo que cabe deducir que dicho acuerdo no era lesivo para el Madrid”. Concluye el fiscal que no hubo ni “acuerdo adoptado por mayoría ficticia” ni “lesividad”.
En cuanto al falseamiento de las cuentas de la 07-08 especificaba que “hubo un cambio en el criterio contable sin que se aprecien, como consta en el informe del perito (tras largas investigaciones), errores ni falsedades en la realización de dichas cuentas”. Decía el fiscal que el cambio contable, referente a las amortizaciones en varios ejercicios de la compra de jugadores, “se hizo de manera transparente”. De hecho, el Madrid utiliza a día de hoy el mismo sistema, el del Plan General Contable de 1999, el que, según el fiscal, “se le había venido exigiendo por parte de los auditores”.
Entradas. En cuanto “al resto de imputaciones obrantes” en el Auto del juez Torres, el fiscal pidió en ese informe, explícitamente, que se acordara “la nulidad (...) por cuanto en lo relativo al delito de apropiación indebida y administración desleal por la supuesta venta de entradas ‘a precio cero’ y de un palco a una supuesta sociedad venezolana imputados también a Ramón Calderón (...) no constan (en el Auto) concretados los perjuicios económicos sufridos por el Madrid con dichos hechos ni si el precio del palco fue ingresado en las cuentas del club (...)”, y pedía, en todo caso, la ampliación de la prueba pericial. Por último, en cuanto a los gastos de familiares cargados al club en algún viaje de Champions, pedía “la nulidad del Auto por cuanto que tampoco se le ha recibido declaración sobre este hecho de conformidad con lo establecido en la Ley de Enjuiciamiento Criminal (...) ni el Madrid reclamó esas cantidades”.
Tras toda esa exposición y tras examinar el auto del juez Torres, la Audiencia Provincial pidió la nulidad de dicho auto el pasado mes de noviembre al no apreciar indicios para que se le abriera juicio oral y únicamente pidió la ampliación de algunas de las pruebas periciales.