VALLADOLID
La FEF rechaza el recurso del Valladolid y admite fallo arbitral
La resolución acuerda que no resulta "oportuna la retroacción o repetición parcial del encuentro". El club dispone de diez días para recurrir ante Apelación.
El Comité de Competición de la Real Federación Española de Fútbol ha acordado, este miércoles, no atender a la petición del Valladolid, rechazando el recurso, según informa la propia web del club. Sin embargo, reconoce el error del colegiado.
La resolución acuerda "no haber lugar a acordar consecuencias disciplinarias frente al Colegiado del partido correspondiente al Campeonato Nacional de Liga de Primera División disputado el día 7 de los corrientes entre el Valencia C.F. SAD el Real Valladolid SAD, sin que resulte oportuna la retroacción o repetición parcial del citado encuentro".
En la propia resolución, reconocen que los hechos sucedieron tal y como los narra la entidad vallisoletana, pero, apoyándose en la Resolución del Comité de Disciplina Deportiva 294/1998, de 5 de febrero de 1999, concluye que "un encuentro sólo se anula o repite cuando las normas reglamentarias específicas lo establecen, y no como consecuencia de ningún error arbitral sea éste del carácter que fuere y tenga la influencia que tenga sobre el resultado final del encuentro".
Competición reconoce que en las imágenes se aprecia "meridianamente que el colegiado, pese a señalar inequívocamente un saque de banda a favor del citado equipo denunciante, permite que el equipo contrario aproveche la falta de diligencia de los jugadores del Real Valladolid". "Y, ante la pasividad del colegiado y en contra de su propia decisión anterior, los jugadores del Valencia terminen poniendo el balón en juego, mientras que el árbitro, lejos de impedir tan improcedente acción, permite continuar la jugada que, a mayor abundamiento, culmina con un gol marcado por el equipo local", añade.
Competición, en cambio, considera que "por más que nos encontremos ante un hipotético fallo en la ejecución de una decisión arbitral y sin perjuicio de las responsabilidades que pudieran derivarse en el orden y ante el órgano competentes, la acción objeto de controversia no resulta subsumible en los tipos infractores y preceptos invocados por el equipo denunciante".
Así mismo, el Valladolid dispondrá de diez días hábiles para interponer un recurso ante el Comité de Apelación contra la presente resolución.