El Supremo dice que se puede entrar con bengalas en los estadios
Se considera que llevar una bengala no figura permiten la aplicación de una medida sancionadora.
El Tribunal Supremo italiano hizo pública este miércoles una controvertida sentencia, por la que establece que la entrada de hinchas de fútbol en los estadios con bengalas o botes de humo no puede ser motivo de sanción ni de la aplicación de medidas cautelares, siempre y cuando no las lancen al campo o a las gradas.
El Alto Tribunal argumenta que los seguidores a los que se halle ese material pirotécnico en los controles de acceso a los estadios no pueden ser castigados con la prohibición temporal de entrada en los complejos deportivos, con la consiguiente obligación de presentarse durante ese periodo ante la Policía.
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Con este fallo, el Supremo acoge el recurso presentado por un hincha de 20 años, Lorenzo C., a quien un juez de Roma había convalidado la decisión de las autoridades policiales de imponerle dos años de prohibición de acceso a los estadios, tras encontrarle una bengala en el Olímpico de Roma en octubre del pasado año. La sanción ahora revocada por el máximo Tribunal italiano llevaba aparejada la obligación de que el joven se presentara en dependencias policiales los días de competición futbolística.
El Supremo considera que llevar una bengala a un campo de fútbol no figura "entre los comportamientos que permiten la aplicación de una medida sancionadora, al no vulnerar la Ley". El artículo 6 bis de la ley 401 de 1989, recuerda el Tribunal, castiga no el hecho de llevar una bengala, sino su lanzamiento en modo de crear un peligro para las personas.



