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¿A cuántos descansos tengo derecho según mi jornada laboral y qué pausas puedo hacer?

El Estatuto de los Trabajadores recoge los días mínimos de descanso semanales y la duración de los descansos durante cada jornada laboral.

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¿A cuántos descansos tengo derecho según mi jornada laboral y qué pausas puedo hacer?

Durante una jornada laboral, los trabajadores suelen necesitar un descanso de tiempo determinado para poder recargar las pilas y poder volver a sus puestos de trabajo y rendir lo máximo posible. El Estatuto de los Trabajadores recoge la duración del descanso que los empleados pueden hacer durante la jornada de trabajo, de forma semanal y entre jornadas.

Pausas durante la jornada

Según indica el artículo 34 del Estatuto de los Trabajadores, si la jornada laboral supera las seis horas, debe existir de forma obligatoria un descanso de mínimo 15 minutos. Este descanso no suele estar remunerado, a no ser que lo indique el convenio colectivo o el acuerdo con los representantes legales de los trabajadores, según indica CuestionesLaboraes.es

El periodo de descanso también puede ser calificado como tiempo de trabajo efectivo por la empresa, aunque el convenio no lo contemple así. En este caso, se trata de un derecho adquirido que solo se puede modificar mediante un cambio de las condiciones de trabajo.

Descanso semanal y entre jornadas

Según el artículo 37 del Estatuto, “Los trabajadores tendrán derecho a un descanso mínimo semanal, acumulable por períodos de hasta catorce días, de día y medio ininterrumpido”. Es decir, un período mímino de 36 horas de descanso.

Los trabajadores tienen derecho a descansar un día y medio sin interrupciones por semana, y este descanso puede acumularse por períodos de hasta cartorce días y disfrutar de tres días seguidos, según informa el medio citado.

Entre jornadas deberá siempre respetarse como mínimo doce horas, según indica el artículo 34 del Estatuto de los trabajadores. Esto deberá cumplirse siempre, incluso cuando se hagan horas extraordinarias.