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Permiso remunerado por cuidado familiar: requisitos, días, cuantías y quiénes podrían pedirlo

La retribución, medida propuesta por la Ministra de Derechos Sociales, Ione Belarra, estaría remunerada al 100% y se aplicaría para siete días.

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Permiso remunerado por cuidado familiar: requisitos, días, cuantías y quiénes podrían pedirlo
LUCA PIERGIOVANNI EFE

Un permiso remunerado para el cuidado familiar, con el objetivo de incluirla en la Ley de Familias. Es la última propuesta realizada por la Ministra de Derechos Sociales, Ione Belarra, este jueves durante la jornada "Una ley para proteger a todas las familias" en Caixa Forum.

En este acto, se ha presentado un Libro Blanco sobre el nuevo marco nacional sobre el apoyo y la protección familiar, en el que se incluyen recomendaciones de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) y de la Comisión Europea para analizar la actual estrategia de protección familiar en nuestro país y en el que se pretende incluir una serie de recomendaciones para la elaboración de una nueva ley. 

La ley vigente, que es la Ley 39/1999, de 5 de noviembrecontempla solamente dos días libres por razones como nacimiento o fallecimiento de un hijo, accidente o enfermedad graves, u hospitalización de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad. Una medida que este Ministerio pretende ampliar amparándose en la recomendación de la Directiva 2010/18/UE del Consejo, en el que se recomiendan cinco días

Por otra parte, la nueva ley introduce otros cambios al respecto, como por ejemplo, la eliminación de la obligatoriedad de que se trate de una enfermedad grave para poder acogerse a este permiso y a su retribución, por lo que podría aplicarse a casos de personas que hayan enfermado por COVID-19. Estos son todos los detalles de la nueva medida.

Duración y cuantía de la retribución

Según declaró Belarra, el objetivo es que España "tiene que empezar a homologarse con otros países de la Unión Europea". La Ministra explicó que la duración de la retribución será de, al menos, siete días por persona, aunque puede extenderse hasta los nueve días para atender a un familiar o conviviente.

El permiso durará siete días si se trata del cuidado de un familiar en la misma comunidad autónoma de residencia, mientras que se extenderá a nueve si el familiar del que debe cuidar reside en otra comunidad autónoma. Por el momento, se desconoce la cuantía de esta retribución, que deberá debatirse en Consejo de Ministros, aunque la Ministra explicó que se remunerará al 100%

Además de eliminar la condición de enfermedad grave para solicitar el subsidio, se introducirá un cambio más, que es la extensión del permiso a cualquier conviviente de la familia, en lugar de que esté fijada únicamente para los parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, como está establecido actualmente.

¿Quiénes podrán pedirlo?

Ione Belarra argumentó que se podrán acoger a esta retribución aquellas personas que necesiten "quedarse en casa cuidando de sus hijos cuando han pasado una mala noche vomitando", y mencionó otros dos ejemplos en los que se podría solicitar, como por ejemplo, cuando se necesita pedir el día "para acompañar a tus padres al médico o estar con tu pareja si está enferma".