Las cuentas bancarias que el Estado se puede quedar por ley
Mediante la Ley 33/2003 del Patrimonio del Estado, se establecen casos de cuentas que se puede quedar el Estado. Por ejemplo, si lleva 20 años inactiva.
El Estado puede quedarse con el dinero de cuentas bancarias que quedan abandonadas. Así lo recoge la Ley 33/2003, del Patrimonio de las Administraciones Públicas, a través de la que se recogen condiciones que pueden provocar esta situación.
Por otro lado el Estado, antes de apropiarse de cualquiera de los bienes y derechos económicos mencionados anteriormente, está obligado a notificarlo al Ministerio de Hacienda para "dar cuenta de su existencia", según se recoge en la ley.