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¿El Ingreso Mínimo Vital tiene paga extra en Navidad?

Jose Luis Escrivá confirmó la aprobación de una paguilla extraordinaria en la segunda mitad de enero para aquellos que reciben el Ingreso Mínimo Vital.

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¿El Ingreso Mínimo Vital tiene paga extra en Navidad?
A. Pérez - Europa Press Europa Press

Aproximadamente unos 10 millones de pensionistas españoles reciben en los meses de junio y noviembre las pagas extraordinarias que recoge la Seguridad Social. Y con la paga extra de Navidad, muchas veces surge la duda de si también es compatible con el Ingreso Mínimo Vital. Por ello, te explicamos a continuación si esta ayuda dispone de paga extraordinario

Además, Jose Luis Escrivá, ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, confirmó una subida del 3% de la cuantía que se paga con el Ingreso Mínimo Vital, y que será destinada a los núcleos famiiares que reciben una pensión no contributiva de la Seguridad Social.

¿Qué día se cobra el Ingreso Mínimo Vital en diciembre?

Aunque el Ingreso Mínimo Vital no tiene paga extra de Navidad, sí se recibirá la mensualidad habitual, en la primera semana del mes. Lo que sí es compatible con este ingreso es la petición de alguna ayuda social que pagan las comunidades autónomas. Por ejemplo, se puede compatibilizar con el Ingreso Mínimo Vital alguna prestación por desempleo SEPE o una Renta Activa de Inserción.

¿El Ingreso Mínimo Vital tiene paga de Navidad?

El Ingreso Mínimo Vital no tiene paga extra de Navidad, ya que la Seguridad Social paga 12 meses y no 14, como sí ocurre con el pago de las pensiones. Sin embargo, se entregará una "paguilla extraordinaria" en la segunda mitad del mes de enero a causa de la inflación, y que rondará el 1,4% de la cuantía anual. Además, es importante el número de personas implicadas en la unidad familiar para determinar la exactitud de esta retribución.

¿Qué pensionistas tampoco reciben la paga extra de Navidad?

No todos los pensionistas recibirán esta paga extraordinaria, ya que existen algunas excepciones. Las prestaciones que derivan de un accidente laboral o de una enfermedad profesional sí reciben paga extra de Navidad, pero se efectúa de manera prorrateada a lo largo de las 12 mensualidades ordinarias.

Se dividen de la siguiente forma: la 'paga de verano' está repartida entre diciembre y mayo (ambos incluidos), y la extra de Navidad la llevan recibiendo desde junio hasta noviembre (ambos incluidos).