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La DGT lo deja claro: las siete excepciones en las que te puedes quitar el cinturón

En España existen siete casos en los que se permite circular sin llevar puesto el cinturón de seguridad, uno menos que la media europea.

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La DGT lo deja claro: las siete excepciones en las que te puedes quitar el cinturón
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Según la OMS, el cinturón de seguridad es el dispositivo de seguridad más importante en los vehículos, ya que consigue frenar a nuestro cuerpo en caso de impacto, reduciendo en un 50% el riesgo de fallecimiento y en un 75% el de lesiones graves. En España, el Reglamento General de Circulación establece 7 casos en los que no se exige llevar puesto el cinturón de seguridad, aunque se están debatiendo algunas de estas excepciones.

Unas de las más comunes y conocidas es la excepción de llevar el cinturón para los conductores, que, sea en la vía que sea, realicen una obra marcha atrás o de estacionamiento. Esta norma está bastante extendida en otros países europeos, “probablemente por la menor maniobrabilidad de los vehículos que existían hace unas décadas” según asegura la DGT.

Tampoco se exige el cinturón de seguridad a los conductores que lo certifiquen por razones médicas o de discapacidad. Además, para los taxistas tampoco es necesario que lo lleven, aunque esta excepción solo es para vías urbanas. A los transportistas cuando hacen operaciones de cargas y descargas sucesivas y en lugares próximos, a los pasajeros y conductores de vehículos de emergencia, a los profesores de autoescuela y a los pasajeros que viajen de pie en autobús o sentados cuando este no tiene el dispositivo de seguridad tampoco se les exigen que lleven el cinturón de seguridad.

Situaciones en la que no es necesario llevar el cinturón de seguridad:

  • Conductores cuando realicen la maniobra de marcha atrás o de estacionamiento (En todas las vías)
  • Conductores que certifiquen por razones médicas graves o discapacidad que les exima de utilizarlo.
  • Taxistas cuando estén en servicio (solo en vías urbanas)
  • Transportistas cuando realicen sucesivas operaciones de carga y descarga en lugares próximos
  • Conductores y los pasajeros de los vehículos en servicios de urgencia
  • Personas que acompañen a un alumno durante el aprendizaje de la conducción o durante las pruebas de aptitud y estén a cargo de los mandos del automóvil. (Profesores de autoescuela y examinadores)
  • Pasajeros que viajen de pie en un autobús autorizado para ello o en el caso de que este vehículo no esté dotado con este elemento de seguridad.

Un poco por debajo de la media europea

España tiene un total de 7 regulaciones sobre situaciones donde no es necesario llevar el cinturón de seguridad, una menos que en la media de la Unión Europea (8). Francia, con 6 exenciones, Italia con 9, Reino Unido con 7 o Alemania con 10 son países con las legislaciones más semejantes a la española. Por debajo, en Suecia (3) o Países Bajos (2) son muy pocos los supuestos en los que no se exige el cinturón de seguridad, mientras que Polonia, con 13, se encuentra en el otro extremo.

El 23% de los fallecidos que viajaban en carretera en turismo o furgoneta no llevaban puesto el cinturón de seguridad. Actualmente se debate la posibilidad de eliminar alguna de las excepciones que hay actualmente en España, y se señala sobre todo a la que no obliga a llevar este elemento de seguridad a los profesores de autoescuela y examinadores. También la excepción en las maniobras de marcha atrás y estacionamiento y la que no obliga a llevarlo a los repartidores de mercancía podrían sufrir cambios en los próximos años, según apunta la DGT.