¿Cuándo se cobra el paro y ERTE de mayo? Fechas de pago de BBVA, CaixaBank, Bankia, Santander...
Pago del paro y ERTE: ¿cuándo se cobra y cuándo llega la prestación por desempleo? Te contamos todas las claves de los pagos en este mes.
Se acercan los meses de verano y la pandemia del coronavirus sigue afectando a un país que espera preocupado cómo afectarán las medidas sanitarias al desarrollo de las actividades turísticas en apenas un mes. Por el momento, las cifras de paro siguen siendo preocupantes y muchas personas en ERTE no han podido de esa situación.
Por tanto, con la llegada del nuevo mes, los ciudadanos que tienen acceso a prestaciones por desempleo o a ERTES esperan la recepción de su ayuda mensual, de la cual muchos dependen para llegar a fin de mes.
Hasta hace poco menos de dos meses, el Servicio de Empleo Público Estatal (SEPE) abonaba estas prestaciones entre los días 10 y 15 de cada mes. Sin embargo, las entidades bancarias y el SEPE llegaron a un acuerdo para adelantar el pago alrededor del día 5.
¿Cuándo se cobra el paro?
La Seguridad Social tiene establecido que los abonos de la prestación por desempleo se producen entre los días 10 y 15. No obstante, a raíz del citado acuerdo, las principales entidades bancarias del país: CaixaBank, Santander, Bankia, BBVA, Ibercaja o Unicaja, entre otras, adelantarán el pago alrededor del día 5.
El 5 de mayo cae en miércoles, por lo que cabe esperar que a lo largo de la decimo octava semana del año los ciudadanos puedan disponer del ingreso en sus cuentas bancarias.
¿Y los ERTE?
Este mecanismo, regulado tras la declaración del Estado de Alarma de marzo, ha sido solicitado por miles de españoles durante los peores meses de la pandemia. Con todo cerrado, en muchos casos era la única fuente de ingresos. La última prórroga finaliza el 31 de mayo y no es descartable que se produzca una nueva ampliación.
El cobro de los ERTE funciona igual que el del paro, es decir, la normativa dice que se abona entre los días 10 y 15, pero a efectos prácticos tiende a hacerse el día 5. Eso sí, hay que tener en cuenta que una de las prestaciones anula a la otra, por lo que no se pueden percibir ambas de forma simultánea.