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¿Se puede viajar a Canarias o Baleares desde la Península en Semana Santa?

Las islas están exentas de los cierres perimetrales autonómicos implantados durante los días festivos, pero no será posible ir desde otro punto español.

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¿Se puede viajar a Canarias o Baleares desde la Península en Semana Santa?
EUROPA PRESS - Archivo Europa Press

Después de pasar el puente de San José, la Semana Santa está próxima a comenzar. Será, también, una festividad marcada también por las restricciones de movilidad. Durante este periodo, el cierre perimetral se extiende a toda la península después de que las autonomías y el Gobierno lo acordaran, encontrándose con la negativa de Madrid y Cataluña únicamente.

Sin embargo, Canarias y Baleares están exentas de estos cierres regionales, con lo que algunos españoles dudan de si podrían disfrutar de sus vacaciones en las islas.

No está permitido el turismo nacional

Lamentablemente para aquellos que tenían en mente viajar a Baleares o Canarias desde otro punto de España, no podrán hacerlo sin causa justificada, debido a que las demás comunidades están confinadas y no se puede salir de ellas. La propia ministra de Sanidad, Carolina Darias, confirmó la pasada semana que los desplazamientos por placer no estarán permitidos: “Que no haya ninguna duda de que no es posible el turismo nacional”.

De esta forma, solo se podrá viajar a las islas desde otra comunidad española por las causas excepcionales que se recogen en el Real Decreto que regula el estado de alarma:

  • Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios, así como a centros universitarios, docentes y educativos, incluidas las escuelas de educación infantil.
  • Cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales, institucionales o legales.
  • Retorno al lugar de residencia habitual o familiar.
  • Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.
  • Desplazamiento a entidades financieras y de seguros o estaciones de repostaje en territorios limítrofes.
  • Actuaciones requeridas o urgentes ante los órganos públicos, judiciales o notariales.
  • Renovaciones de permisos y documentación oficial, así como otros trámites administrativos inaplazables.
  • Realización de exámenes o pruebas oficiales inaplazables.
  • Causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
  • Cualquier otra actividad de análoga naturaleza, debidamente acreditada.

Baleares exige una prueba negativa

La presidenta del Govern, Francina Armengol, anunció el miércoles que los viajeros que lleguen a Baleares desde cualquier región de España deberán presentar pruebas negativas de coronavirus a partir del jueves 18 de marzo. Hasta ese día, solo se pedía la prueba a los pasajeros, tanto por vía aérea como marítima, de las regiones con una IA14 superior a los 100 casos por 100.000 habitantes, pero ahora se exigirá independientemente de la incidencia acumulada.

No obstante, la normativa distingue tres grupos de pasajeros: pasajeros con motivo no justificado, visitantes que llegan a Baleares por un motivo justificado y residentes. Los pasajeros con motivo no justificado que no presenten una prueba PCR o TMA negativa en el control sanitario se exponen a una multa de hasta 3.000 euros y, además, deberán hacerse un test de antígenos en el aeropuerto.

En cuanto a los pasajeros que llegan con un motivo justificado, deberán rellenar un formulario de control sanitario explicando los motivos del viaje y presentar una PCR con resultado negativo hecha en las 72 horas previas a su llegada, una cita para hacerse la prueba a la llegada en la Covid Express o someterse a una prueba de antígenos en el aeropuerto o el puerto. Si no lo hacen así, deberán someterse a una cuarentena de 10 días.

En el caso de los residentes, las condiciones de viaje son las marcadas para pasajeros con motivo justificado, pero se les facilitará hacerse la prueba PCR o TMA en origen de manera gratuita. Por su parte, no tendrán que hacerse la prueba los residentes que hayan salido de las Islas 72 horas antes de su vuelta, los transportistas de mercancías y las tripulaciones de barcos y aviones, ni los viajeros relacionados con competiciones deportivas federadas. Tampoco los niños menores de seis años.