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Desgravación de alquiler para propietarios de viviendas: requisitos, cómo desgravar y cuánto se puede

La SER avanza que el Gobierno planea implantar una bonificación general del 50% para las rentas del alquiler con el fin de rebajar el precio de la vivienda.

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Desgravación de alquiler para propietarios de viviendas: requisitos, cómo desgravar y cuánto se puede
EFE

La nueva Ley de Vivienda que está debatiendo el Gobierno debería servir para fomentar el mercado del alquiler, ayudando a crear un marco jurídico seguro y estable tanto para propietarios como para inquilinos. Según informa la Cadena Ser, el Ejecutivo ha fijado un sistema de bonificaciones fiscales ante Hacienda para abaratar el precio de la vivienda. En concreto, habría una bonificación general del 50% para las rentas del alquiler, dejando la actual del 60% para los casos en los que no se superen las rentas máximas establecidas por el índice de precios oficial elaborado por el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (Mitma).

Supuestos en los que las reducciones pueden aumentar

- Alquiler de viviendas protegidas a un precio limitado por una norma jurídica: +10%. Para favorecer el acceso de personas con menos ingresos, el alquiler de viviendas de protección sujetas a algún régimen de calificación o norma jurídica que fije el precio máximo de alquiler por parte de personas físicas podrá contar con una reducción adicional del 10% en el rendimiento neto.

- Alquiler de viviendas recientemente rehabilitadas: + 10%. Esto podrá darse si se ha reformado la vivienda en los últimos tres años habiendo invertido más de seis meses de renta.

- Alquiler de viviendas a jóvenes entre 18 y 35 años: + 20%. Para que este sector más posibilidades de acceder a una vivienda, con un alquiler mensual limitado, la reducción será del 70%.

- Alquiler de viviendas a inquilinos con ingresos reducidos: porcentaje por determinar. Se está estudiando aplicar una bonificación para alquileres a personas o familias cuyos ingresos sean menores a determinados importes.

Zonas tensionadas

En los ámbitos donde haya habido un incremento constante de los alquileres y los hogares sufren una mayor sobrecarga financiera a la hora de pagar el alquiler, es necesario establecer la nueva ley de alquiler y establecer mecanismos de estabilización y bajada de precios. Se establecen las siguientes bonificaciones, para alquileres inferiores a una renta máxima en función del ámbito:

- Incorporación al mercado de vivienda en alquiler habitual: +20%. Favorece la entrada en el

- Reducción en más de un 10% en la renta, respecto al contrato anterior: + 40%. Es una herramienta para bajar los precios estimulando la mejora de las condiciones del contrato actual o bajando la renta con respecto a la fijada en un contrato anterior, alcanzando una deducción del 90%.

Alquileres sociales

Por otra parte, se propone aplicar una reducción del 70% si los propietarios que ceden sus viviendas para alquiler social o asequible a cambio de una contraprestación no pueden beneficiarse de las reducciones sobre el rendimiento neto en el IRPF. Hay dos casos concretos en los que podría establecerse esta notable deducción:

- Viviendas acogidas a programas públicos de alquiler social o a precio asequible.

- Cesión o alquiler de vivienda a entidades sin ánimo de lucro especializadas en la atención a hogares o colectivos vulnerables.