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Paga extra a pensionistas en Navidad: ¿quiénes no la reciben y cómo reclamar si no la he cobrado?

Cerca de 10 millones de pensionistas reciben la paga extra de Navidad en el mes de diciembre, pero no todos ellos percibirán la misma cantidad de dinero.

Paga extra a pensionistas en Navidad: ¿quiénes no la reciben y cómo reclamar si no la he cobrado?
Jesús Diges EFE

Cerca de 10 millones de pensionistas perciben su prestación en 14 pagas anuales. La retribución se cobra en cada uno de los 12 meses y, además, se incluyen dos gratificaciones extraordinarias recogidas en el artículo 31 del Estatuto de los Trabajadores: una en junio y otra en diciembre.

Pero el cobro y la cantidad de la paga extra de Navidad puede variar según las condiciones de cada pensionista. Por ejemplo, los cobros extra derivados de un accidente laboral o de una enfermedad profesional se prorratean en los salarios del resto del año, por lo que no se cobraría ninguna cantidad adicional en el mes de diciembre. Otra posibilidad podría ser que el pensionista hubiera adquirido esa condición con el año empezado, en cuyo caso la cantidad percibida sería menor.

Sin embargo, el pasado 25 de noviembre el Gobierno de España introdujo un recorte de la paga extra de Navidad que afectará a unos 75.000 pensionistas. Esta disminución se aplicará a aquellas personas a las que Hacienda esté embargando parte de su pensión. Los recortes podrían alcanzar los 400 euros, pero siempre habrá que respetar el salario mínimo interprofesional.

¿Cuándo se cobran y cómo reclamarlas si no se han cobrado?

La normativa recoge que la Seguridad Social debe hacer frente al pago de la gratificación extra de Navidad entre el primer día hábil y el cuarto natural del mes. Por lo tanto, en este caso se deberían percibir entre el 1 y el 4 de diciembre, aunque algunas entidades bancarias se adelantan y es posible recibir el sueldo extra a finales del mes de noviembre.

Si existe algún contratiempo en el cobro de la pensión, el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones recomienda realizar, bien a través de la Sede electrónica o dirigiéndose a la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social, una consulta aportando los datos que acrediten como beneficiario de la gratificación.