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CORONAVIRUS

¿Cuáles son los nuevos criterios de Sanidad para fijar restricciones y a qué comunidades afectan?

El Ministerio de Sanidad ha elaborado un borrador con unas medidas mínimas que deberán cumplir las Comunidades Autónomas según los niveles de incidencia.

14/10/2020 - Barcelona - Nuevas restricciones para el sector de la hosteleria en Cataluña para frenar los contagios de Coronavirus. en la imagen el restaurante Boa Bao del Eixamle Esquerra. Foto: Massimiliano Minocri
MASSIMILIANO MINOCRIEL PAÍS

La Cadena SER ha tenido acceso a un borrador que prepara el Ministerio de Sanidad para controlar, en la medida de lo posible, la evolución de la pandemia del coronavirus en España. Se trata de una reforma del ‘Plan de respuesta temprana’ en el que se establecen las medidas mínimas que deben llevar a cabo las Comunidades Autónomas en función de indicadores epidemiológicos y capacidad asistencial.

Según el borrador del Ministerio de Sanidad, Aragón, Castilla y León, Madrid, La Rioja y Ceuta se encontrarían en el nivel de riesgo extremo.

El Gobierno ha decidido tomar cartas en el asunto después de lo sucedido en la Comunidad de Madrid entre el Ministerio de Sanidad y el Ejecutivo regional. Para que no vuelva a ocurrir lo mismo, ha desarrollado estas medidas que incluyen dos bloques: uno con los indicadores para detectar los niveles de riesgo que se divide en la parte epidemiológica y la asistencial; y otro en el que se establecen umbrales para determinar el riesgo en función de la gravedad de la situación: nivel de riesgo extremo, alto, medio y bajo.

Por lo que estas situaciones de alerta vendrán marcadas por los indicadores epidemiológicos que serán los que decidan en qué nivel está cada territorio en función de la incidencia de casos acumulada.

Riesgo extremo (nivel 4)

Según el borrador al que ha tenido acceso la Cadena SER, una Comunidad estaría en nivel de riesgo extremo si la incidencia acumulada es de más de 250 casos por cada 100.000 habitantes. Pero en este caso, si la mayoría de los afectados son mayores de 65 años, la incidencia acumulada se disminuiría a 150 por cada 100.000 habitantes.

Como indica el citado medio: “Estaríamos en riesgo extremo si la positividad de las PCR supera el 15%, el porcentaje de trazabilidad es igual o menor al 10% de los casos y la ocupación de camas convencionales es mayor del 20% o del 25% en críticos”.

En este nivel de alerta 4, los territorios afectados, además de cumplir con todas las medidas del nivel de alerta 3, tendrían que ceñirse también a unas medidas excepcionales después de “una evaluación específica de la situación”. Esos territorios podrían tener que acatar la limitación de movilidad de personas, cierres perimetrales u otras restricciones del movimiento.

Se encontrarían en este nivel Aragón, Castilla y León, Madrid, La Rioja y Ceuta.

Riesgo alto (Nivel 3)

Las medidas que recoge el borrador del Ministerio de Sanidad para este nivel son las siguientes:

-Limitar al máximo los contactos sociales fuera de los grupos de convivencia estable.

-Limitar reuniones a un máximo de 6 personas en caso de no pertenecer al mismo GCE (Grupo de convivencia estable) e insistir en que se mantengan las medidas de distanciamiento físico y prevención.

-Actividad física: horario preferente para personas mayores de 70 años.

-En velatorios y entierros, un máximo de 10 personas en espacios cerrados y de 15 en abiertos, siempre que se pueda garantizar la distancia de seguridad.

-Congresos, cursos y seminarios solo de forma telemática.

-Teletrabajo si es posible restringiendo al máximo la actividad presencial y, en trabajos que requieren actividad presencial, promover turnos escalonados y permisos para las personas vulnerables.

-Se valorará la limitación de entradas y salidas del área territorial evaluada excepto para actividades esenciales como ir a trabajar, acudir a centro educativo, centro sanitario…

-En los lugares de culto se limita el aforo al 30% del aforo y se prohibe cantar.

-Se limita el aforo al 30% en autobuses, metro, trenes, aviones.

-Los comercios limitan su aforo al 25%, los mercados al aire libre con un 25% de los puestos habituales y recogidas escalonadas de ventas por teléfono e internet.

-En los bares y restaurantes, terrazas al aire libre con el 50% de mesas con distancia de al menos 2 metros entre las sillas de diferentes mesas. Ocupación máxima de 6 personas por mesa o agrupación de mesas e interiores cerrados.

-Se cierran establecimientos considerados como salas de bingo, casinos, salones recreativos y de juegos y locales específicos de apuesta.

-En las residencias de mayores, se suspenden las salidas de residentes (salvo fuerza mayor) y se limitan las visitas garantizando las medidas de prevención e higiene y bajo supervisión.

-Se suspende la actividad de Centros de Día salvo necesidad justificada de mantener la actividad.

-Se valora la educación semipresencial de manera individualizada para cada centro y aula.

-Las academias, autoescuelas, otros centros de formación no reglada limitan su aforo al 30%.

-En ceremonias como bodas, se establece un máximo de 10 personas en espacios cerrados y de 15 en abiertos, siempre que se pueda garantizar la distancia de seguridad. Se prohíbe expresamente la celebración de banquetes y cócteles.

-Bibliotecas para préstamo y devolución y para uso con aforo al 25%, museos y exposiciones a 25% del aforo, visitas a monumentos a 25% del aforo, se suspenden los eventos deportivos no profesionales, 25% aforo garantizando distancia de seguridad y ventilación en instalaciones y centros deportivos en interior, y cierre de centros de ocio juvenil, ludotecas, centros recreativos.

-Apertura de zonas comunes a 25% del aforo en hoteles.

-Acceso a playas solo para pasear o hacer deporte respetando la distancia de seguridad y estaciones de esquí, cerradas.

-Refuerzo del más del 30% de capacidades de Salud Pública y activación de los planes de contingencia ante el incremento de casos.

Pertenecerían a este nivel las comunidades de Castilla - La Mancha, Cataluña, Murcia, Navarra, País Vasco y la Ciudad Autónoma de Melilla.

Riesgo medio (Nivel 2)

-Recomendar que las relaciones sociales se estructuren en grupos de convivencia estable (GCE).

-Limitar reuniones a un máximo de 6 personas en caso de no pertenecer al mismo grupo de convivencia estable.

-Actividad física: horario preferente para personas mayores de 70 años.

-En velatorios, un máximo de 15 personas en espacios cerrados, siempre que se pueda garantizar la distancia de seguridad.

-En ceremonias como bodas, 30% del aforo (con máximo de 35 personas).

-En congresos y seminarios, un máximo 20 asistentes, según tamaño del lugar y siempre garantizando la distancia de seguridad.

-Teletrabajo si es posible. Acudir al trabajo de manera excepcional para actividades o reuniones concretas. Mantener las medidas de distanciamiento físico y prevención. Turnos escalonados en trabajos que requieren actividad presencial.

-Recomendar limitación de los viajes no esenciales fuera de la unidad territorial evaluada.

-En centros de culto, límite del 50% del aforo y prohibición de cantar.

-Los locales deben estar a un 50% del aforo y los mercados al aire libre con un 50% de los puestos habituales.

-En bares y restaurantes, las terrazas al aire libre con el 50% de mesas con distancia de al menos 2 metros entre las sillas de diferentes mesas. La ocupación máxima de 6 personas por mesa o agrupación de mesas y se abrirá a un 50% de su aforo interior, garantizando la distancia entre mesas de al menos 1,5 metros entre las sillas.

-En establecimientos considerados como salas de bingo, casinos, salones recreativos y de juegos y locales específicos de apuesta se establece una ocupación máxima de 6 personas por mesa o agrupación de mesas y se limita al 50% su aforo interior.

-En las residencias de mayores, se limitan las salidas de residentes y se limitan las visitas garantizando las medidas de prevención e higiene y bajo supervisión.

-En otros centros sociosanitarios, se limitan las salidas de residentes y las visitas garantizando las medidas de prevención e higiene y bajo supervisión y se valorará la limitación de aforos salvo necesidad justificada de mantener la actividad.

-La educación será presental y en academias y otros centros de formación no reglada se limita el aforo al 50%.

-Bibliotecas para préstamo y devolución y para uso con aforo al 50%

-Museos y exposiciones a 50% del aforo

-Visitas a monumentos a 50% del aforo

-Eventos deportivos no profesionales: sin público.

-Instalaciones y centros deportivos en interior: 50% aforo garantizando distancia de seguridad y ventilación. Cerrados si no se puede garantizar.

-Centros de ocio juvenil, ludotecas, centros recreativos: aforo al 50%.

-Hoteles deberán liminar las zonas comunes al 50% del aforo.

-Se respetará el límite del 50% de aforo en cada piscina. No se pueden usar las duchas de los vestuarios ni las fuentes de agua.

-Se establecerán limitaciones al acceso a playas. No se pueden usar duchas, aseos y vestuarios, limitando la ocupación.

-Se limitará el aforo 50% de las estaciones de esquí.

-Emisión de normativas comunitarias y municipales que permitan la reubicación y reasignación de tareas profesionales del personal sanitario. Refuerzo del 20-30% de capacidades de Salud Pública y se solicitará la emisión de normativa para forzar el aislamiento en hoteles o centros no sanitarios.

En este nivel intermedio se encontrarían Andalucía, Asturias, Baleares, Canarias, Comunidad Valenciana y Extremadura.

Riesgo bajo (Nivel 1)

-Recomendar que las relaciones sociales se estructuren en grupos de convivencia estable.

-Limitar reuniones a un máximo de 10 personas en caso de no pertenecer al mismo grupo de convivencia e insistir en que se mantengan las medidas de distanciamiento físico y prevención.

-Actividad física: recomendar medidas higiénicas.

-En velatorios o entierros: un máximo de 25 en espacios cerrados, siempre que se pueda garantizar la distancia de seguridad.

-En bodas, bautizos y comuniones: 50% del aforo (con máximo de 75 personas).

-En congresos, cursos y seminarios: garantizar siempre la distancia de seguridad y evitar las aglomeraciones en zonas de descanso.

-Fomentar el teletrabajo. Mantener las medidas de distanciamiento físico y prevención. Turnos escalonados en trabajos que requieren actividad presencial.

-Movilidad: recomendar limitación de los viajes no esenciales fuera de la unidad territorial evaluada.

-En lugares de culto: 50% del aforo.

-En transporte colectivo: No limitación de aforo. En horas punta aumentar la frecuencia de horarios para evitar aglomeraciones.

-Locales comerciales a un 75% del aforo y mercados al aire libre con un 75% de los puestos habituales.

-En los bares y restaurantes, terrazas al aire libre con el 75% de mesas con distancia de al menos 2 metros entre las sillas de diferentes mesas. Ocupación máxima de 10 personas por mesa o agrupación de mesas y apertura a un 75% de su aforo interior. Garantizar la distancia entre mesas de al menos 1,5 entre las sillas.

-En establecimientos considerados como salas de bingo, casinos, salones recreativos y de juegos y locales específicos de apuesta, ocupación máxima de 10 personas por mesa o agrupación de mesas y apertura a un 75% de su aforo interior. Garantizar la distancia entre mesas de al menos 1,5 metros entre las sillas.

-Se limitan las salidas de residentes de centros de mayores y se limitan las visitas garantizando las medidas de prevención e higiene

-Educación presencial y en academias y otros centros de formación no reglada se limita el aforo al 75%.

-Bibliotecas para préstamo y devolución y para uso con aforo al 75%.

-Museos y exposiciones a 75% del aforo.

-Visitas a monumentos a 75% del aforo.

-Eventos deportivos no profesionales garantizando las medidas de prevención e higiene.

-Instalaciones y centros deportivos en interior: 75% aforo garantizando distancia de seguridad y ventilación. Cerrados si no se puede garantizar.

-Centros de ocio juvenil, ludotecas, centros recreativos: aforo al 75%.

-En hoteles, apertura de zonas comunes a 75% del aforo (incluidos comedores, donde se pueden establecer turnos).

-Se respetará el límite del 75% de aforo en cada piscina. No se pueden usar las duchas de los vestuarios ni las fuentes de agua.

-Se establecerán limitaciones al acceso a playas. Se pueden usar duchas, aseos y vestuarios, limitando la ocupación.

-Limitar aforo 75% de las estaciones de esquí.

-Actividades dirigidas al fortalecimiento de capacidades y revisar capacidades instaladas de trazabilidad de contactos, adaptadas al contexto.

-Reforzar el software de seguimiento retrospectivo de contactos, así como la geolocalización de casos y equipos de intervención de campo mixtos epidemiología/asistencial de la zona

-Disponibilidad de plazas en hoteles o lugares habilitados para el aislamiento y la cuarentena de personas que no pueden realizarla en su domicilio).

-Actividades dirigidas al fortalecimiento de capacidades asistenciales en atención primaria y atención hospitalaria.

-Asegurar capacidades mínimas asistenciales: garantizar la disponibilidad de 37-40 camas/10.000 - 1,2/1.5 camas UCI/10.000 y modificaciones legislativas para que los laboratorios no sanitarios puedan realizar actividad diagnóstica previa solicitud.

Galicia y Cantabria serían las únicas dos comunidades pertenecientes al nivel de riesgo bajo.

En toda las fases

La prohibición de fumar en la vía pública cuando no pueda mantenerse la distancia de seguridad y el cierre de discotecas y locales de ocio nocturno se establecerá en todos los niveles de riesgo.

Por el contrario, aquellos servicios esenciales como supermercados, centros sanitarios, o transporte público seguirán abiertos en todas las fases, al igual que los parques y zonas al aire libre, siempre y cuando los asistentes cumplan con las medidas de seguridad establecidas por las autoridades (mascarilla, higiene de manos y distancia).

Las Comunidades Autónomas deciden

Aunque el Ministerio de Sanidad sea el que haya elaborado las medidas, serán las diferentes regiones las que decidan cuándo aplicarlas, siempre comunicándoselo al Ministerio de Sanidad, con quien se revisarían periódicamente.