CORONAVIRUS

¿Puedo ir a un centro comercial de una zona confinada si vivo en una sin restricciones?

Los residentes en zonas sin restricciones no podrán entrar en aquellas ciudades confinadas. Sí podrán desplazarse hasta otros municipios no afectados.

¿Puedo ir a un centro comercial de una zona confinada si vivo en una sin restricciones?

La Comunidad de Madrid se encuentra dividida entre aquellas ciudades o zonas que están sometidas a un confinamiento perimetral y aquellas que no lo están. El Ministerio de Sanidad, tras decretar el Estado de Alarma en la Comunidad, decidió blindar Madrid capital, Alcobendas, Alcorcón, Fuenlabrada, Getafe, Leganés, Móstoles, Parla y Torrejón de Ardoz. Estos municipios han cerrado sus fronteras para todos aquellos que quieran entrar o salir, a excepción de causas justificadas como motivos laborales o escolares.

Pero también otras municipios como Humanes de Madrid y Villa del Prado o la zona Reyes Católicos, en San Sebastián de los Reyes, mantienen sus restricciones de movilidad impuestas, en este caso, por el Ejecutivo de Isabel Díaz Ayuso hace una semana. También se han añadido restricciones de movilidad a otras zonas madrileñas cuyas medidas entran en vigor a a partir de hoy, lunes 12 de octubre: Arganda del Rey, Sierra de Guadarrama (Villalba), Colmenar Viejo Norte (Colmenar Viejo) y Valleaguado (Coslada).

Sin acceso para personas de zonas sin restricciones

Los residentes de las zonas afectadas sí podrán moverse con total libertad dentro de sus fronteras, pero no podrán salir de ellas. En el caso de personas que vivan en zonas de la Comunidad de Madrid que no están confinadas, no podrán entrar a esos municipios o zonas con restricciones de movilidad.

Es decir, si una persona que vive en Alcalá de Henares (zona no confinada) quiere ir a un centro comercial de Madrid capital o de cualquiera de los municipios afectados, no podrá hacerlo. Por el contrario, estas personas residentes en zonas no afectadas sí que podrían desplazarse hasta un centro comercial de otra ciudad madrileña no confinada, como por ejemplo la ciudad de Majadahonda.

Excepciones de movilidad

Como establece la norma del confinamiento perimetral, nadie podrá entrar y salir del municipio o zona afectada a excepción de la asistencia al centro de salud, al trabajo, a los centros educativos y universidades; el regreso a la residencia habitual; asistencia a mayores, menores y dependientes; el desplazamiento a bancos, juzgados u otros organismos públicos; renovaciones de permisos y documentación oficial; trámites administrativos inaplazables; realización de exámenes o pruebas oficiales; y motivos de fuerza mayor.

Estos casos siempre deberán estar justificados. De lo contrario, las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, encargados de vigilar las carreteras, podrán sancionar a todo aquel que se salte las normas con multas que pueden ir desde los 600 hasta los 600.000 euros.