Madrid autoriza la presencia de público en recintos deportivos
La Comunidad permite desde hoy aficionados en competiciones no profesionales con el aforo limitado. Para las ligas profesionales decide el CSD.
La Comunidad de Madrid ha publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid la orden que recoge las nuevas restricciones que entran en vigor para tratar de frenar el avance de los contagios por coronavirus en la región. La Consejería de Sanidad detalló en rueda de prensa el pasado viernes las medidas que se implementarían y hoy en la publicación oficial se añade una modificación referente a la asistencia de público en las competiciones deportivas no profesionales
La orden aclara que se permite, en competiciones deportivas no profesionales, la asistencia de público, siempre que estén sentado, con mascarillas, con una distancia de seguridad de, al menos, 1,5 metros, y con un aforo máximo de 300 personas en lugares cerrados y de 600 si la competición se disputa en un recinto al aire libre.
La medida no será aplicable para las competiciones profesionales, cuya competencia la sigue teniendo el Consejo Superior de Deportes, por lo que la asistencia de público a LaLiga, LaLiga SmartBank y la ACB depende del acuerdo que se tome en el CSD. Para el resto de competiciones, son las comunidades autónomas las que deciden en sus respectivos territorios, cosa que ha hecho la Comunidad de Madrid
Textualmente, la publicación de la Comunidad de Madrid dice lo siguiente: “Sin perjuicio de las competencias atribuidas en el artículo 15.2 del Real Decreto ley 21/2020, de 9 de junio, de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, y de lo establecido en el apartado anterior, en el caso de los entrenamientos, competiciones o eventos que se celebren en instalaciones deportivas, podrán desarrollarse con público siempre que este permanezca sentado, con una distancia de seguridad de, al menos, 1,5 metros, provisto de mascarilla y con un límite máximo de asistencia de trescientas personas para lugares cerrados e inferior a seiscientas personas tratándose de actividades al aire libre”.
La medida se revisará en 15 días
La medida ha entrado en vigor ya este mismo lunes, por lo que el público podrá volver, aunque de forma limitada y reducida a los recintos y estadios deportivos. La Consejería de Sanidad también especifica que las medidas previstas en la orden que hoy publica serán evaluadas en el plazo de quince días naturales para su modificación o mantenimiento con arreglo a la evolución epidemiológica.
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