Declaración de la Renta

Renta 2019-2020: cómo fraccionar el importe a pagar en la declaración y fechas de abono

Te contamos cuánto tiempo tarda Hacienda en devolver la cantidad a devolver y cuáles son los plazos para pagar si la declaración sale a pagar.

Renta 2019-2020: cómo fraccionar el importe a pagar en la declaración y fechas de abono
Carlos Rosillo

Este martes 30 de junio finaliza la campaña de la declaración de la Renta. Han sido tres meses en los que los contribuyentes tienen que rendir sus cuentas a Hacienda. Como resultado de la declaración, a unos el resultado les ha salido a devolver y a otros a pagar. En los dos casos, siempre se presentan las mismas dudas y no son otras que los plazos para que la Agencia Tributaria abone o cobre la cantidad a devolver o a pagar.

En el caso de que al contribuyente le salga una declaración a su favor, es decir, que el fisco le tenga que devolver una cantidad, el plazo no es el mismo para todos. Puede ser desde los tres días siguientes a la presentación de la declaración hasta los seis meses. La razón no es otra que Hacienda debe y tiene que comprobar toda la información que presenta el declarante y en caso de que todo esté correcto se procede a realizar esa devolución.

Devolución en una cuenta bancaria

La cantidad será ingresada en una cuenta corriente que el contribuyente deberá especificar en el momento de presentar la declaración y en la que debe aparecer como titular de ella. En caso de que no se disponga de cuenta bancaria, se deberá presentar un escrito y la Agencia Tributaria, tras realizar las oportunas comprobaciones, extenderá un choque nominativo a favor del contribuyente.

Pago en dos veces: 60% primer plazo; 40%, el segundo

Si, por el contrario, la declaración sale a pagar, el contribuyente deberá elegir la forma de pago, si lo paga presencialmente en una oficina bancaria o prefiere la domiciliación bancaria. También deberá optar por pagar en un solo pago o fraccionarlo en dos, sin ningún interés ni recargo. En caso de que elija pagar en dos veces, el primer cargo será del 60% y el segundo del 40% restante. El primer pago se le habrá pasado por el banco este 30 de junio y el segundo el 5 de noviembre. Si lo hace por oficinas bancarias, el primer pago deberá efectuarlo antes del 30 de junio y el segundo antes del 5 de noviembre. En caso de haber elegido un solo pago, la liquidación se efectuará el 30 de junio por domiciliación bancaria o deberá pagarse antes de ese día en cualquier banco.