Coronavirus

Bares, terrazas, restaurantes y discotecas: aforo, horarios y medidas en la nueva normalidad

Las comunidades autónomas han establecido las restricciones para los establecimientos hosteleros. Siguen muchas condiciones vigentes en la desescalada.

Bares, terrazas, restaurantes y discotecas: aforo, horarios y medidas en la nueva normalidad
MASSIMILIANO MINOCRI EL PAÍS

Toda España ya está en la nueva normalidad tras decaer la medianoche de este domingo el estado de alarma decretado por la pandemia del coronavirus. Eso no significa que todo vuelva a ser como antes, sino que se siguen manteniendo restricciones en establecimientos, comercios, centros comerciales, etc.

También en restaurantes, bares, discotecas y locales de ocio nocturno se mantienen ciertas restricciones, sobre todo en medidas sanitarias y en cuanto a la limitación de aforo. No hay un patrón conjunto en toda España, sino que cada comunidad autónoma ha estipulado sus propias medidas en virtud sobre todo de su situación actual y de su evolución epidemiológica.

Medidas sanitarias

Donde sí coinciden todas las comunidades autónomas es en las medidas higiénico-sanitarias que deben tomar para prevenir el contagio por coronavirus entre trabajadores y clientes. Así, en todos los establecimientos hosteleros se deberán distribuir las mesas de tal forma que se guarde la distancia de seguridad de 1,5 metros. Asimismo, como ha ocurrido en la desescalada, se priorizará la mantelería de un solo uso, se evitará el empleo de ceniceros, palilleros o servilleteros y se evitará la utilización de una carta común. Por último, se deberá limpiar y desinfectar las mesas entre clientes.

Horario según licencia

En cuanto al horario, no existe tampoco un criterio común, sino que según la licencia que tenga concedida cada negocio hostelero podrá cerrar a una hora u otra. Ni siquiera es común dentro de cada comunidad autónoma, porque las licencias y horarios previsto dependen de los ayuntamientos.

Donde también hay disparidad de criterios es en la limitación de aforo que se establece, según sea en el interior del restaurante o bar o en las terrazas. Repasamos cómo se limita la capacidad en cada comunidad autónoma.

Limitación de aforo en bares, restaurantes y terrazas

  • Galicia: 75% en el interior/80% en terrazas.
  • Asturias: sin límite establecido, pero obligatorio distribuir las mesas con distancia de seguridad.
  • Cantabria: 75% en el interior, 100% en terrazas.
  • País Vasco: sin límite establecido, pero obligatorio distribuir las mesas con distancia de seguridad.
  • La Rioja: sin límite establecido, pero obligatorio distribuir las mesas con distancia de seguridad.
  • Navarra: 75% en el interior, 100% en terrazas.
  • Aragón: 75% en el interior, 100% en terrazas.
  • Cataluña: hasta el 25 de junio, 50% en el interior, 75% en terrazas. La Generalitat trabaja en un plan específico en restauración para entonces.
  • Comunidad Valenciana: 75% en el interior, 100% en terrazas.
  • Castilla-La Mancha: 75% en el interior, 100% en terrazas.
  • Comunidad de Madrid: hasta el 5 de julio, 65% en el interior, 80% en terrazas; desde el 6 de julio, 75% en el interior, 100% en terrazas.
  • Extremadura: 80% en el interior, 90% en terrazas.
  • Castilla y León: 75% en el interior, 80% en terrazas.
  • Andalucía: 75% en el interior, 100% en terrazas.
  • Murcia: 75% tanto en el interior como en terrazas.
  • Canarias: no existe limitación, sólo hay que guardar la distancia de seguridad.
  • Baleares: 75% en el interior, 100% en terrazas.
  • Ceuta: no ha hecho públicas aún sus medidas.
  • Melilla: 75% en el interior, 100% en terrazas.

Discotecas, pubs y locales de ocio nocturno

En cuanto a las discotecas, lo que destaca es que las pistas de baile aún no están operativas, siendo posible sustituir esa zona por mesas o agrupación de mesas que tendrán que guardar las medidas sanitarias pensadas para la hostelería. Además, podrán utilizar las terrazas en caso de tenerlas, estando limitada la capacidad de éstas a lo estipulado anteriormente. En el interior del local, se limita el aforo de la siguiente manera.

Limitación de aforo en discotecas

  • Galicia: solo pueden operar las discotecas con terraza al 75%.
  • Asturias: 50% en el interior sin pistas de baile.
  • Cantabria: se limita el aforo a un tercio de la capacidad del local.
  • País Vasco: 60% sin pistas de baile.
  • La Rioja: aforo limitado al 75%.
  • Navarra: sin pista de baile y al 75%.
  • Aragón: sin pista de baile y al 50%.
  • Cataluña: no ha anunciado nada al respecto, trabaja en un plan específico.
  • Comunidad Valenciana: un tercio del aforo sin pistas de baile.
  • Castilla-La Mancha: 75% sin pistas de baile.
  • Comunidad de Madrid: antes del 6 de julio, solo discotecas con terrazas al 80%. Se especificará próximamente las medidas a partir de ese día.
  • Extremadura: 75% sin pistas de baile.
  • Castilla y León: aforo limitado a un tercio sin pistas de baile.
  • Andalucía: 40% en el interior, 75% las terrazas.
  • Murcia: solo mesas y al 75%.
  • Canarias: solo pueden abrir discotecas al aire libre al 75%.
  • Baleares: sin pistas de baile al 75%.
  • Ceuta: cerradas hasta nueva orden.
  • Melilla: pueden abrir con el aforo limitado a un tercio.