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DOPAJE

Un "defecto de forma" libera a Ezequiel Mosquera por ahora

La Audiencia Nacional decretó la caducidad del castigo, lo que obligaría a iniciar otro proceso sancionador porque el positivo (en la Vuelta de 2010) aún no ha prescrito.

Ezequiel Mosquera.

La Audiencia Nacional anuló el castigo de dos años para Ezequiel Mosquera por su positivo con hidroxietil en la Vuelta de 2010. El motivo, un “defecto de forma” por lo que considera un error de la Federación Española: “El procedimiento disciplinario debía concluir en un plazo máximo de seis meses, según el Real Decreto 63/2008. Si el tiempo en este caso computa desde el 29 de abril de 2011, fecha de la incoación, hasta el día de la resolución sancionadora, el 16 de noviembre de 2011, el proceso había caducado”. Esta decisión sólo invalidó la pena, no entró a valorar si el excorredor se dopó.

Hidroxietil y patatas

Entre los motivos por los que el proceso de Mosquera se demoró tanto se encuentran las peticiones de aplazamiento y las distintas explicaciones que ofreció. La presencia del hidroxietil en su organismo, una sustancia que no produce el cuerpo, la achacó a que procedía de las patatas. Y el Comité de la RFEC debió analizar y descartar los tubérculos.

Sin embargo, según fuentes jurídicas consultadas por AS, la Audiencia parte de “un equívoco en la interpretación” y ha provocado un grave rompecabezas. Su fallo: para un expediente que se gestiona con reglamentación internacional, aplica las pautas españolas de seis meses de margen para que se cierre. El problema: como el positivo de Mosquera no ha prescrito (se mantiene vigente ocho años), la declaración de caducidad no impide la apertura de otro procedimiento. De esta manera, la Federación, o el Tribunal Independiente de la UCI, se verían obligados a iniciar otra vez los trámites pertinentes.

Juan Carlos Castaño encabezaba la Federación cuando se trató este sumario. Luis Sanz, su responsable legal, confirmó a AS todos los extremos de la reciente y complicada tesitura. Por su parte, José Luis López Cerrón, actual presidente, aseguró que no han recibido ninguna reclamación por parte de Mosquera, ni tienen constancia de ningún dato más. El Comité de Competición de la RFEC (el mismo que absolvió a Contador) condenó al gallego porque no demostró la procedencia del hidroxietil, una sustancia específica que acarrea suspensión si se suministra por vía intravenosa. En materia de dopaje, sólo se aplica así: para la expansión del volumen de la sangre. No obstante, la Audiencia revocó la resolución de la Federación y su sentencia es firme, ya que se produjo después de un recurso contra el Juzgado Central Contencioso-Administrativo.

Con el maillot del Xacobeo, Mosquera terminó segundo (por detrás de Nibali) e inauguró la Bola del Mundo en la Vuelta de 2010. Durante aquella edición, a su compañero David García Dapena también se le detectó hidroxietil, un enmascarador. Posteriormente, García Dapena fue cazado en otro análisis con EPO.