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OPERACIÓN PUERTO

La juez dará la sentencia en breve con la presencia de Saiz

El veredicto de la Operación Puerto se hará público este martes. Sólo el cántabro ha viajado a Madrid. Las acusaciones piden penas desde un año a dos años y medio.

Manolo Saiz, a su llegada a los Juzgados para conocer la sentencia.
JESUS RUBIO

Este martes 30 de abril se conocerá la sentencia de la Operación Puerto, la más esperada del deporte mundial. La juez Julia Patricia Santamaría ha convocado a las partes a las 12:45 en el Juzgado de lo Penal 21 de Madrid. Y quince minutos después, a las 13:00, se enviará un correo electrónico que hará público el veredicto. A la misma hora, para evitar filtraciones; pero sin lectura pública, para evitar un espectáculo mediático al estilo del Caso Malaya.

Entonces se sabrá si Eufemiano Fuentes, Ignacio Labarta, Vicente Belda, Manolo Saiz y Yolanda Fuentes son acusados de un delito contra la salud pública por violar el artículo 361 del Código Penal. No están obligados a acudir, pero Saiz sí ha confirmado su asistencia. Y Jesús Manzano, personado como perjudicado, que pide 180.000 euros de indemnización.

En la fecha de los hechos, mayo de 2006, no existía todavía el artículo 361 bis, que castiga el dopaje. Por eso, la sentencia es un enorme interrogante sin precedentes. De hecho, el principal acusado, Eufemiano, nunca ha negado la práctica de transfusiones de sangre a deportistas, aunque lo argumenta por prescripción médica... No se juzga el dopaje.

Las peticiones de las acusaciones oscilan entre un año y dos años y medio. Sólo en este último supuesto, solicitado por la Abogacía del Estado por el agravante de precio, habría ingreso en prisión. Cualquier otra pena por debajo de dos años se queda en suspenso.

La sentencia también recogerá la decisión de la juez sobre la petición de las bolsas de sangre por parte de la AMA, la UCI, la RFEC, el CONI y el Estado, con la finalidad de incoar expedientes a los deportistas implicados.

Hoy, a las 13:00, se resolverán todos estos misterios, pero no será un punto final. Pase lo que pase, habrá recursos a la Audiencia Provincial.

El artículo 316 del Código Penal

Los que expendan o despachen medicamentos deteriorados o caducados, o que incumplan las exigencias técnicas relativas a su composición, estabilidad y eficacia, o sustituyan unos por otros, y con ello pongan en peligro la vida o la salud de las personas serán castigados con las penas de prisión de seis meses a dos años, multa de seis a dieciocho meses e inhabilitación especial para profesión u oficio de seis meses a dos años.