Sanidad pide retirar lotes de seis conocidas cremas solares
La decisión se llevó a cabo tras detectar irregularidades en el etiquetado y comprobar que no cumplían con el factor de protección reivindicado.
Según ha comunicado la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS), dependiente del Ministerio de Sanidad, a través de un estudio elaborado por la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), se han descubierto incumplimientos en el etiquetado de siete protectores solares que actualmente se venden en las tiendas y supermercados.
Tras llegar a estos resultados, la AEMPS pidió a las empresas señaladas que reflejasen los ensayos que justificasen las reivindicaciones del FPS y el FP-UVA, hechos conforme a los métodos oficiales y según la recomendación de la Comisión Europea, de 22 de septiembre de 2006, sobre la eficacia de los productos de protección solar y las declaraciones sobre estos.
Después de analizar y estudiar la información de la que disponían hasta aquel momento, la AEMPS detectó algunas diferencias entre los resultados a los que llegó la OCU y los proporcionados por las propias empresas implicadas. Tras comprobar ciertas irregularidades y discrepancias, la Agencia decidió solicitar a las empresas el cese de comercialización y la retirada del mercado según cada caso.
Según destacan desde la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios, en los últimos años se ha comprobado cierta variabilidad en la aplicación de la técnica UNE EN ISO 24444, la cual “dificulta la reproducibilidad deseable para medir de manera precisa el FPS de los protectores solares. Esto ha sido señalado por la AEMPS en distintos foros oficiales a nivel europeo e internacional, abriendo debate sobre la necesidad de reforzar el método para reducir su variabilidad”. Asimismo, también señalan que se está procediendo a realizar una revisión del etiquetado para indicar el factor de protección solar del mismo.
Tres de las empresas señaladas han facilitado estudios adicionales
Después de que la AEMPS tomase medidas, tres de las empresas señaladas han compartido nuevos estudios adicionales para justificar que sus productos cumplen con la normativa reivindicada en los etiquetados. En concreto, se tratan de las cremas solares VICHY Capital Soleil Crème Onctueuse Protectrice SPF 50+, la BIOTHERM Waterlover Face Sunscreen SPF 50+ y la ISDIN Fusion Water Magic SPF 50.
VICHY Capital Soleil Crème Onctueuse Protectrice SPF 50+
La marca Cosmetique Active International ha compartido algunos estudios añadidos sobre este producto en un lote distinto al que estudió la OCU:
Según argumentan desde la empresa, los nuevos ensayos se realizaron sobre otro lote distinto al que analizó la OCU, ya que no disponían de la cantidad suficiente de producto para realizarlo sobre el mismo.
Tras presentar la nueva información, la AEMPS decidió modificar las medidas preventivas, permitiendo la comercialización del producto, aunque con la excepción del lote 54X200, para el cual se mantiene la restricción, ya que la empresa aún no ha otorgado nuevos datos sobre este lote.
BIOTHERM Waterlover Face Sunscreen SPF 50+
Prestige & Collections, la empresa encargada de este producto, también ha llevado a cabo nuevos estudios para justificar la comercialización de su producto, en un lote distinto al de la OCU:
Según argumenta esta empresa, y al igual que con la anterior, se llevaron a cabo los ensayos en un lote diferente al analizado por la OCU, debido a que tampoco disponían de cantidad de producto suficiente.
Por ello, y tras analizar la nueva información disponible, la AEMPS decidió levantar las medidas previamente adoptadas a excepción del lote 40X300, para la cual el cese de comercialización se mantiene activo.
ISDIN Fusion Water Magic SPF 50
Respecto a este protector solar, el supuesto incumplimiento estaba relacionado con el FP-UVA. En este caso, la OCU ha compartido ensayos adicionales relacionados sobre el lote 30541F bajo los métodos oficiales. Por una parte, realizó un ensayo según la norma UNE-EN ISO 24444 y otro bajo la norma UNE-EN ISO 24443.
Los resultados llegaron a la conclusión de que el valor de FP-UVA sería menor al reflejado en el etiquetado. Además, también se han realizado otros tres estudios en el lote 30541F, los cuales han sustentado las reivindicaciones del FP-UVA en el etiquetado.
A pesar de estos resultados, la AEMPS no tomó ninguna medida sobre este producto, ya que la empresa compartió dos ensayos realizados bajo el método oficial, mientras que el de la OCU empleaba para el cálculo del FP-UVA uno no oficial, por lo que no se tomó en consideración.
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