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CAMPAÑA RENTA 2023 - 2024

¿Hay que declarar las operaciones con criptomonedas en la Renta y en qué casilla se tributan a Hacienda?

El auge de estos activos virtuales y la ausencia de una regulación específica dificulta la actuación de Hacienda en este asunto.

Bitcoin, la criptomoneda más veterana

Las criptomonedas se están convirtiendo en un activo económico importante en todo el mundo. A finales del 2020, había más de 6.500 criptomonedas en circulación, incluido el Banco Central Europeo, con el desarrollo del euro digital, en el que participa España. Sin embargo, el auge de esta moneda virtual todavía no se había visto traducido en la creación de una legislación específica en España... hasta ahora.

En el año 2021 Hacienda publicó el Plan Anual de Control Tribunario y Aduanero, donde “ante el auge de los mercados de activos virtuales, en particular, el de las criptomonedas” donde “se generan riesgos fiscales”, el Plan indica que se “requieren de actuaciones específicas de obtención de información que faciliten el cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias derivadas de las operaciones que se realicen”.

Entre estas actuaciones específicas destaca la “incorporación al modelo de bienes y derechos en el exterior”. Este modelo conocido como 720 es una obligación tributaria en el que se declara la información “respecto de bienes y derechos de contenido económico ubicados o gestionados en el extranjero”. Habrá que esperar hasta que se inicie la campaña de declaración de la renta de 2021 para que la medida entre en vigor y sea explicada de manera más específica.

Además, se producirá una “sistematización y análisis de la información obtenida” con el objetivo de “facilitar las actuaciones de control de la correcta tributación” y se potenciará la “cooperación internacional” para obtener información de estas operaciones con criptodivisas y “otros activos digitales”.

Hasta 2021, un activo intangible

A la espera del desarrollo de la regulación, Hacienda considera las criptomonedas como un activo intangible que solo deben de ser declaradas cuando se conviertan en dinero por decreto, es decir, cuando se pase a euros. Será necesario declarar cuando una persona obtenga beneficios, que deberá declarar en la declaración de la Renta.

Las criptodivisas deberán incluirse en la casilla 389, la casilla de “otras ganancias patrimoniales a integrar en la base imponible del ahorro” donde se debe indicar que se poseía un activo, en este caso, las criptomonedas, y declarar las ganancias obtenidas. Estas pagarán un impuesto de entre el 19 y el 23 por ciento en función de la base imponible.