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Renta crianza: qué es, requisitos y cómo solicitar la ayuda de 100 euros por hijo

La nueva Ley de Familias está pendiente de su aprobación en el Congreso de los Diputados, y de su publicación en el BOE.

La ministra de Derechos Sociales y Agenda 2030, Ione Belarra, interviene durante el acto de rendición de cuentas 'Escudo social: descubre un futuro mejor',  en el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, a 23 de marzo de 2023, en Madrid (España). El Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 celebra un acto sobre los logros conseguidos durante estos tres años de legislatura en la promoción y avance de los derechos sociales.
24 MARZO 2023;BELARRA;IONE BELARRA;PODEMOS;DERECHOS SOCIALES;
Jesús Hellín   / Europa Press
24/03/2023
Jesús Hellín Europa Press

El Gobierno, en el Consejo de Ministros celebrado este martes, ha aprobado la nueva Ley de Familias impulsada por el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 presidido por Ione Belarra. Una normativa que se tramitará al Congreso de los Diputados por la vía de urgencia.

Una vez tramitada, deberá ser refrendada en las Cortes y publicada en el Boletín Oficial del Estado para que todas las novedades incluidas en la ley puedan ser una realidad. Entre ellas, la nueva ayuda conocida como ‘renta crianza’. Se trata de una prestación para las familias con hijos de 0 a 3 años que entró en vigor el 1 de enero de 2023, cuya cuantía económica es de 100 euros al mes por hijo/a a cargo. Se trata de una renta que las madres trabajadoras ya recibían anteriormente.

En caso de que la ley se apruebe en la Cámara baja, se verán beneficiadas de esta prestación las mujeres que coticen 30 días a partir del parto, aunque previamente no cumplieran los requisitos. Su aprobación supondrá una ampliación de las personas beneficiadas de esta medida. Las personas deben formar las familias que ellos quieran. Deben poder elegir con quién compartir su vida”, expresó la ministra Belarra.

Requisitos

Para poder percibir esta ayuda económica, se establecen los siguientes requisitos para aquellas madres trabajadoras. Deben ser madres que cobren una prestación por desempleo, ya sea contributiva o no contributiva; mujeres que trabajen a tiempo parcial o completo que deben estar dadas de alta en la Seguridad Social al menos 30 días, y para familias que se encuentren en situación de monoparentalidad y monomarentalidad porque la custodia pertenezca a uno de ellos.

Además, para poder acceder a la ayuda, sólo concederá la ayuda a los solicitantes que tengan derecho a la aplicación del mínimo por descendientes, y para aquellos que realicen una actividad por cuenta propia o ajena y que estén dados de alta en la Seguridad Social o Mutualidad.

Cómo solicitar la ayuda de 100 euros

Para poder solicitar la ayuda de 100 euros por hijo, se debe presentar en las oficinas de la Agencia Tributaria el modelo 140 debidamente cumplimentado, además del DNI tanto del solicitante como de los hijos. También se puede formalizar el envío de la solicitud a través de la web de la propia Agencia Tributaria, del correo electrónico (AgenciaTributaria@correo.aeat.es) o a través del teléfono 901 200 347.

El Modelo 140 IRPF, corresponde a la Deducción por maternidad. Solicitud del abono anticipado y comunicación de variaciones. En caso de cobrar el abono anticipado, no hace falta presentar una nueva solicitud por el mismo hijo. “Si cumples los nuevos requisitos, seguirás cobrando el abono anticipado”, especifica Hacienda en su web.