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CAMPAÑA RENTA 2023-24

Quiénes pueden solicitar hasta 2.400 euros del cheque familiar en la Renta 2023-24

Las familias numerosas de categoría especial pueden optar por esta ayuda, ya sea a la hora de presentar la renta o en forma de ayuda mensual.

Quiénes pueden solicitar hasta 2.400 euros del cheque familiar en la Renta 2023-24

La Declaración de la Renta 2023-24 está a la vuelta de la esquina. El 3 de abril se dará el pistoletazo de salida a esta campaña para rendir cuentas con la Agencia Tributaria. Antes de presentarla se deben tener en cuenta algunas consideraciones que nos pueden beneficiar.

Una de ellas es una deducción estatal por ser familia numerosa, que se conoce mayormente como ‘cheque familiar’. Se aplica en ambos resultados posibles de la renta: tanto si sale a devolver como si sale a pagar. Sea cual sea el resultado, se reduce el pago de impuestos. Según explica la Agencia Tributaria, el importe máximo de esta ayuda es de 1.200 euros al año (100 euros al mes).

A su vez, puede darse un incremento del 100% (2.400 euros) en el caso de las familias numerosas de categoría especial. Esta ayuda se puede percibir de dos formas diferentes: en el caso que nos ocupa, esperando a la fecha de la declaración de la renta para aplicarse la deducción, o bien solicitando a Hacienda un anticipo mes a mes.

Desde el IRPF del año 2018 por cada uno de los hijos que formen parte de la familia numerosa, y que exceda el número mínimo de hijos para que tenga la condición de general o especial, el importe puede incrementar hasta 600 euros al año. Al poder haber más de una persona con derecho a esta deducción por la misma familia numerosa, lo que se hace es prorratearla entre todas a partes iguales, salvo que cedan su derecho a una de ellas, que la cobraría íntegra.

Quiénes se benefician y requisitos

Pueden beneficiarse de este cheque los ascendientes o hermanos huérfanos de padre y madre, que formen parte de una familia numerosa, y que cumpla alguno o varios de los siguientes requisitos.

  • Realizar alguna actividad por cuenta propia o ajena y estar dado de alta en la Seguridad Social o Mutualidad
  • Percibir prestaciones contributivas y asistenciales del sistema de protección de desempleo
  • Percibir pensiones abonadas por la Seguridad Social o por Clases Pasivas.
  • Ser un profesional no integrado en el RETA y percibir, de las mutualidades de previsión alternativas, prestaciones análogas de estas.

Para pedir esta deducción en la próxima declaración de la renta solo hay que marcar la casilla correspondiente en el momento de presentar los datos ante Hacienda. En el caso de optar por recibir la ayuda mensualmente, se puede hacer mediante tres días: por internet, presentando el modelo 143 de Hacienda; por teléfono, llamando al Centro de Atención Telefónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (901 200 354) y aportando el importe de la casilla 415 de la renta previa; y de forma presencial, presentando el modelo 143 correctamente rellenado.