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ACTUALIDAD

¿Puedo cobrar el cheque de 200€ si soy autónomo y cuáles son los requisitos para pedirlo?

Podrán solicitar el cheque aquellos trabajadores por cuenta propia con ingresos anuales por debajo de los 14.000 euros y cuyo patrimonio igual o inferior a 43.196,40 euros.

Dinero
EUROPA PRESS - ArchivoEUROPA PRESS

El Gobierno de España aprobó en Consejo de Ministros una batería de medidas para ofrecer una respuesta ante las consecuencias económicas y sociales derivadas de la guerra en Ucrania. Una de ellas fue la aprobación del cheque de 200 euros para autónomos.

La medida, recogida en el Real Decreto-ley 11/2022, de 25 de junio, estará en vigor hasta el próximo 31 de diciembre y constituye una ayuda directa con una cuantía única de 200 euros dirigida a las personas más vulnerables. En este caso, será la Agencia Tributaria el organismo encargado de gestionar las solicitudes de la ayuda. Sólo pueden solicitarlo quienes tengan rentas por debajo de un determinado umbral y es incompatible con otras prestaciones.

Los trabajadores autónomos, desempleados y trabajadores pueden acceder a esta ayuda. Los dos principales requisitos económicos que se piden a los solicitantes son la presentación de unos ingresos anuales que no superen los 14.000 euros, y un patrimonio igual o inferior a 43.196,40 euros. Por otra parte, los futuros beneficiarios de la ayuda deben tener residencia legal y efectiva en España antes de la entrada en vigor del Real Decreto.

Con respecto a los autónomos, también deben cumplir con un tercer requisito para percibir la cuantía única de 200 euros, que es la de estar dados de alta en la Seguridad Social o la mutualidad correspondiente. Por su parte, los desempleados deben estar inscritos en la Oficina de Empleo como demandantes del mismo. Todos aquellos trabajadores por cuenta propia que cumplan con estos requisitos recibirán el cheque de 200 euros.

Asimismo las personas que perciben el Ingreso Mínimo Vital, o que reciban pensiones del Régimen General de la Seguridad Social o a través del Régimen de Clases Pasivas del Estado, quedan excluidos de percibir la ayuda, dado que el propio RDL recoge un incremento extraordinario del 15% en la prestación de IMV, que consistirá en la aplicación de un porcentaje del 15% al importe mensual que tenga establecido cada beneficiario individual.

Sin necesidad de presentar documentación a la Agencia Tributaria

Es importante tener en cuenta que no hay que presentar ninguna documentación. Todo lo realizará la Agencia Tributaria que cotejará datos económicos y de renta. La ayuda se puede solicitar hasta el próximo 30 de septiembre de 2022. Además, también fue incluida en el Real Decreto que incluye otras medidas que ayuden a mitigar la inflación.