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ELECCIONES 23J

Escrutinio Elecciones 23J: ¿cómo se cuentan los votos y cuándo se hace el recuento electoral?

Te contamos cómo se cuentan los votos en las generales del 23 de julio en España y de qué manera se hace el escrutinio en los colegios electorales.

Actualizado a
Escrutinio Elecciones 23J: ¿cómo se cuentan los votos y cuándo se hace el recuento electoral?
DRAGOMIR YANKOVIC/ATON CHILE

Las elecciones generales están ya aquí. Más de 37 millones de personas están llamadas a votar este 23 de julio después de que Pedro Sánchez decidiese adelantar los comicios.

¿Qué es el escrutinio y cuándo se hace?

Una vez finalicen las votaciones a las 20 horas de este 23 de julio, comenzará el recuento y escrutinio de votos. Para este proceso, los miembros de la mesa electoral iniciarán el conteo de los votos de forma manual. Suele contar con la participación de los apoderados de los partidos políticos, quienes deben velar por el óptimo desarrollo de la jornada electoral.

¿Cuándo se añade el voto por correo?

Terminada la votación y antes de comenzar el escrutinio, la mesa introducirá los sobres de voto recibidos por correo en la urna. En el supuesto de coincidencia de varias elecciones se procede, de acuerdo con el siguiente orden a escrutar las papeletas que en cada caso correspondan: primero, las del Parlamento Europeo; después, las del Congreso de los Diputados; después, las del Senado; después, las de las Entidades locales; después, las de la Asamblea Legislativa de la Comunidad Autónoma; después, las de los Cabildos Insulares.

Conteo de los votos de forma manual y en voz alta

El presidente abre cada sobre y lee en voz alta la candidatura votada. Remite dicha papeleta a los vocales, interventores y apoderados para su comprobación y se hace una comparación del número de personas que han votado con la cantidad de papeletas contadas.

El presidente anunciará en voz alta su resultado, especificando el número de electores censados, el de certificaciones censales aportadas, el número de votantes, el de papeletas nulas, el de votos en blanco y el de los votos obtenidos por cada candidatura.

Las papeletas extraídas de las urnas se destruirán en presencia de los concurrentes con excepción de aquellas a las que se hubiera negado validez o que hubieran sido objeto de alguna reclamación, las cuales se unirán al acta y se archivarán con ella, una vez rubricadas por los miembros de la Mesa.

Actas de escrutinio y acta de la sesión

La mesa hará públicos inmediatamente los resultados por medio de un acta de escrutinio y la fijará sin demora alguna en la parte exterior o en la entrada del local. Una copia de dicha acta será entregada a los respectivos representantes de cada candidatura que, hallándose presentes, la soliciten o, en su caso, a los interventores, apoderados o candidatos. No se expedirá más de una copia por candidatura.

Se expedirá, asimismo, una copia del acta de escrutinio a la persona designada por la Administración para recibirla, y a los solos efectos de facilitar la información provisional sobre los resultados de la elección que ha de proporcionar el Gobierno.

Concluidas todas las operaciones anteriores, el presidente, los vocales y los interventores de la mesa firmarán el acta de la sesión, en la cual se expresará detalladamente el número de electores que haya en la mesa. Todos los representantes de las listas y miembros de las candidaturas, así como sus apoderados e Interventores tienen derecho a que se les expida gratuita e inmediatamente copia del acta, no pudiendo la Mesa excusarse del cumplimiento de esta obligación.

Preparación de la documentación y envío de los sobres

Acto seguido, la mesa procede a la preparación de la documentación electoral, que se distribuirá en tres sobres. El presidente, vocales e interventores pondrán sus firmas en ellos, de forma que crucen la parte por la que en su día deban abrirse.

Cuando tengan preparada la correspondiente documentación, el presidente y los vocales e interventores que lo deseen se desplazarán inmediatamente a la sede del Juzgado de Primera Instancia o de Paz, dentro de cuya demarcación esté situada la mesa, para hacer entrega del primer y del segundo sobre. La Fuerza Pública acompañará y, si fuera preciso, facilitará el desplazamiento, de estas personas.

El tercero se aporta al empleado de Correos designado, que debe personarse en la mesa para recogerlo. Al menos un vocal debe permanecer en el colegio electoral hasta que se realiza esta entrega.