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ELECCIONES 28-M

El motivo por el que debes tener actualizado tu padrón para votar en las elecciones del 28M

En caso de no haber cambiado tu empadronamiento antes del pasado 30 de enero, tendrás que votar en el último municipio en el que residiste.

Acta de Constitución de la mesa para las elecciones, en el centro logístico electoral de la Delegación del Gobierno, en el Polígono La Garena, a 12 de mayo de 2023, en Alcalá de Henares, Madrid (España). Francisco Martín ha visitado el centro el día que comienza la campaña electoral para las elecciones autonómicas y municipales del 28 de mayo.
12 MAYO 2023;MADRID;DELEGADO DEL GOBIERNO;CAMPAÑA ELECTORAL
Eduardo Parra / Europa Press
12/05/2023
Eduardo Parra Europa Press

Muchas personas se cambian de residencia a lo largo del año. La ley establece que es obligatorio, cuando uno se muda a otro municipio, empadronarse en dicho territorio para que conste en los datos de la administración dónde el individuo pasa la mayor parte del tiempo. Esto no es por motivos de vigilancia, sino para poder llevar a cabo trámites como, por ejemplo, votar en un colegio electoral cercano a tu residencia.

A menudo es engorroso pasar por todo el proceso burocrático de pasar de un padrón a otro, sobre todo para las personas que cambian mucho de hogar o aquellas que viven a caballo entre varios sitios dependiendo de la época del año. No obstante, por molesto que sea, no deja de ser necesario. En caso de tener varias residencias, la normativa establece que la persona se debe empadronar en aquella en la que pase más días al año.

Si alguien ha ido posponiendo el empadronamiento y, ahora, con la cercanía de las elecciones de repente le entran las prisas, que sepa que ya llega tarde. Por mucho que corra al Ayuntamiento de su nuevo municipio a cumplimentar los formularios y presentar los documentos pertinentes, de cara a los próximos comicios seguirá figurando como habitante de su anterior lugar de residencia.

Procesos burocráticos

Esto se debe a que los censos electorales se cierran meses antes del proceso. En concreto, los del próximo 28 de mayo se clausuraron el pasado 30 de enero. Por lo tanto, aquellos que no se dieran la suficiente prisa para comunicar la ubicación de su nueva casa, tendrán que hacer un pequeño viaje a su antiguo colegio electoral si quieren ejercer su derecho al voto.

Además, empadronarse en un lugar exclusivamente para votar ahí, y especialmente si no se puede demostrar que es el lugar de residencia habitual, puede constituir un delito de fraude electoral. Para evitar este tipo de situaciones, la administración, previsora, establece unos tiempos holgados que, no obstante, implican que el ciudadano tiene que ser presto a la hora de pasar por ciertos procesos burocráticos.