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El cambio en la Seguridad Social para las empleadas de hogar a partir del 1 de abril

Se establecerá una nueva bonificación del 45% en la aportación empresarial por contingencias comunes cuando cumplan requisitos de patrimonio, renta de unidad familiar o convivencia.

EFE/Juanjo Martín/Archivo
EFE

A partir del próximo sábado 1 de abril entrará en vigor el Real Decreto-ley para la mejora de las condiciones de trabajo y de Seguridad Social para las trabajadoras al servicio del hogar. Según explica en su web, la normativa “garantiza la protección de la seguridad y salud de estas empleadas”.

También asegura la “cobertura en el ámbito de la garantía salarial”. La principal novedad radica en las aportaciones empresariales a la cotización a la Seguridad Social por contingencias comunes. Estas serán del 45% o del 30%. Será así siempre que cumplan los requisitos de patrimonio y/o renta de la unidad familiar, o de convivencia de la persona empleadora en los términos y condiciones que se fijen reglamentariamente.

Una bonificación que será alternativa a la reducción de cuotas del 20%. A pesar de estos cambios, se mantendrá la bonificación del 80% respecto de las cuotas para desempleo y Fondo de Garantía Salarial. Con esta aprobación, la subida de cuotas es inferior a los 10 euros mensuales. Con una retribución mensual de 269 euros, la base de cotización se sitúa en 250 euros. Para salarios desde los 1.166,71 euros, la base de cotización es la retribución mensual.

Por otro lado, se recogen novedades en las cotizaciones por desempleo. Para contratos de duración indefinida queda establecida una cotización del 7,05%, de la cual 5,50% será a cargo del empleador y el 1,55% a cargo del empleado. Unas cifras que ascienden en el caso de los contratos de duración determinada, hasta el 8,30%, del que el 6,70% será a cargo del empleador y el 1,60% a cargo del empleado.

El Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI), que entró en vigor el pasado 1 de enero y forma parte de la reforma de las pensiones, supondrá una cotización de 0,6 puntos porcentuales aplicable a la base de cotización por contingencias comunes. Al igual que para el resto de trabajadores y otros Regímenes de la Seguridad Social, el 0,5 por ciento será a cargo del empleador y el 0,1 por ciento a cargo del trabajador.

Salario de las empleadas del hogar

El salario bruto de las personas con contrato a tiempo completo no puede ser inferior a 1.125,83 euros mensuales. La cuantía es de 7,55 euros por cada hora trabajada, de acuerdo con el artículo 8.5 del Real Decreto 1620/2011, de 14 de noviembre, por el que se regula la relación laboral de carácter especial del servicio del hogar familiar que toma como referencia el salario mínimo de estos empleados.