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Declaran procedente el despido de una mujer que subió vídeos de TikTok estando de baja
El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha ratificado el cese de la empleada de Semark AC Group, responsable de la cadena de supermercados Lupa.
El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCYL) ha ratificado el despido de una mujer que subió vídeos a la red social TikTok durante su periodo de baja. La empleada de la compañía responsable de la cadena de supermercados Lupa, Semark AC Group, recibió la carta de despido cuando llevaba nueve meses de baja.
La principal razón del cese se debió a que la jefa directa de esta empleada, vio como la cajera de este supermercado de Burgos bailaba pese a la dolencia que sufría. Según informa ‘El Español’, la empleada trabajaba en esta cadena desde el año 2006, con un salario mensual de 1.267 euros, y desde el 30 de enero de 2021 hasta el 29 de enero de 2022, estuvo de baja. Durante ese periodo, subió varios vídeos a la mencionada red social en los que aparecía bailando.
Tal y como recoge la sentencia emitida por el Juzgado de lo Social número 2 de Burgos, ofrecida por el mencionado diario, el despido fue comunicado en septiembre de 2021. “Se ha podido constatar que, desde la fecha de baja, y hasta el 10 de septiembre, usted ha realizado multitud de publicaciones a modo de videos con el citado perfil. En los mismos, baila, se mueve y actúa de un modo que es incompatible con la lesión diagnosticada en enero de 2021″.
Por otro lado, la compañía finalizó con una acusación directa hacia la trabajadora y que quedó reflejada en la sentencia. “Lo que estaba diagnosticado como un proceso corto en cuanto a su curación, se ha convertido en una exposición viral de videos que demuestran el fraude al sistema de prestaciones, y una falta de respeto a la empresa y a sus compañeros”.
La mujer acudió a los juzgados para recurrir el cese al alegar que se trataba de un despido improcedente, aunque en esta ocasión ha sido el TSJCYL quien ha fallado a favor de la compañía al calificarlo como procedente, al entender que ésta empleada estaba cometiendo un fraude. En esta ocasión, el alto tribunal confirmó que los vídeos publicados en su cuenta representan una prueba válida.
Qué se puede hacer y qué no estando de baja
No existe ninguna normativa al respecto que recoja específicamente las acciones a evitar y que se deban realizar, aunque dependerá del tipo de baja, de enfermedad y de las particularidades de cada caso. Los expertos aconsejan acudir al médico o especialista para que indique cuáles son las actividades que se pueden realizar.
Lo que sí indica la ley es que el trabajador debe priorizar la recuperación de su salud, y evitar así cualquier conducta que pueda retrasar dicho proceso. En el caso de realizar viajes, por ejemplo, no se recomienda si existe una lesión física de por medio, debido a que los médicos indicarán la necesidad de guardar reposo. En cualquier caso, serán los médicos los que indicarán qué se puede realizar estando de baja.