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¿Debe coincidir el domicilio fiscal con tu lugar de empadronamiento y qué significa cada uno?

Dado que el lugar donde reside de forma habitual una persona física puede no estar en el lugar en el cual está empadronada, el domicilio fiscal puede ser distinto al empadronamiento.

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¿Debe coincidir el domicilio fiscal con tu lugar de empadronamiento y qué significa cada uno?
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La campaña de la Renta 2022 comienza el 11 de abril de 2023 y acaba el 30 de junio de 2023, fecha límite para presentar este trámite. La información reflejada debe ser veraz y no contener ninguna documentación falsa, por lo que los datos referidos al IRPF tienen que ajustarse a la realidad.

Y es que la Agencia Tributaria tiene contempladas sanciones que pueden llegar hasta los 3.000 euros si prueba que hemos omitido información o si hemos presentado algún dato falso.

El domicilio fiscal y la vivienda habitual son dos conceptos distintos que a menudo se confunden. En primer lugar, el domicilio fiscal es el lugar donde se está establecido como persona física o jurídica y desde el cual se tiene que hacer frente a las obligaciones fiscales con Hacienda. En segundo lugar, el empadronamiento es el acto por el cual una persona se registra en el Padrón Municipal del lugar que reside.

Particularidades

Dado que el lugar donde reside de forma habitual una persona física puede no estar en el lugar en el cual está empadronada, el domicilio fiscal puede ser distinto al empadronamiento. No obstante, lo más recomendable es que coincidan, ya que de esta forma no habrá problemas con temas de impuestos, de atención médica en el centro de salud correspondiente y del sufragio de voto.

En caso de particulares, es recomendable que coincida, puesto que el empadronamiento debería ser en el domicilio habitual. Además, es conveniente que coincida, ya que se pueden dar ciertos casos como a la hora de aplicarse las deducciones por vivienda habitual o por alquiler, en los que Hacienda puede usar el padrón, en cuyo caso deberemos demostrar nuestra residencia habitual mediante las domiciliaciones de suministros de luz, agua y gas...

El domicilio fiscal se tiene en cuenta para la Declaración de la Renta

Ahora bien, en el caso de empresas o autónomos la cuestión es diferente. Y es que el empadronamiento sería el lugar de residencia particular del empresario o autónomo. A su vez, el domicilio fiscal podría ser la sede de la empresa o lugar donde el autónomo realiza la actividad.

Para la Declaración de la Renta se tendrá en cuenta el domicilio fiscal. En caso de personas físicas será también el domicilio habitual, lo cual está regulado por el artículo 48 de la Ley General Tributaria. En caso de que existan varios domicilios, Hacienda tendrá en cuenta aquel en el que se realice la actividad económica, en el que se haya vivido más tiempo o la última vivienda en la que se haya realizado la Declaración de la Renta.

¿Cuándo debes cambiar tu domicilio fiscal?

Por todo ello, debes cambiar tu domicilio fiscal en caso de que:

  • Cambie tu lugar de empadronamiento.
  • Cambie tu lugar de residencia habitual (de lo contrario Hacienda mandará sus notificaciones al lugar donde hayas estado viviendo durante los últimos 12 meses).
  • Vivas en una comunidad autónoma pero trabajas en otra.
  • Vivas en una comunidad autónoma diferente a la de tu familia, si deseas fijar tu domicilio fiscal donde ella reside.