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Cuál es mi base de cotización según mi categoría de funcionario y cuánto me quedará de pensión

Las pensiones de los funcionarios varían en función del haber regulador, que depende directamente del Cuerpo o categoría del funcionario.

Actualizado a
Hacienda, Agencia Tributaria, AEAT, declaración de la Renta, contribuyente, IRPF, impuestos, impuesto, funcionarios, funcionario
 
 EUROPA PRESS  (Foto de ARCHIVO)
 
 07/04/2016
EUROPA PRESS

A diferencia de lo que sucede con la inmensa mayoría de pensiones contributivas y no contributivas, que dependen de las bases de cotización establecidas por la Seguridad Social relacionadas con los salarios de los trabajadores, en el caso de los funcionarios se establecen mediante el denominado ‘haber regulador’.

Se trata de la base reguladora fijada para el cálculo de la pensión de jubilación de los funcionarios. Este depende directamente del Cuerpo o categoría del funcionario, que se fija cada año en la Ley de Presupuestos Generales del Estado (PGE) para cada grupo en que se integran los diferentes Cuerpos, Escalas, plazas o empleos de los funcionarios. Para este 2023, según recoge el Real Decreto 1058/2022, de 27 de diciembre, recogerán un incremento porcentual de hasta un 8,5%.

De este modo, tal y como recoge este Real Decreto publicado en el BOE a finales de 2022, para los funcionarios del Grupo E y Agrupaciones Profesionales sin requisitos de titulación el haber regulador es de 19.605,93 euros. En el caso del Grupo C, subdividido a su vez en dos grupos, para el C2 (Titulación de ESO) se establece un haber regulador de 22.996 euros, mientras que para el C1 (Bachiller) es de 29.065,98 euros.

El haber regulador es mayor para los dos primeros grupos. En el caso del Grupo B (funcionarios a los que se les pide titulación de Técnico Superior), asciende hasta los 33.139,86 euros con la última revalorización. Por su parte para el Grupo A (título requerido de Grado Universitario), subdividido en dos como el C, el haber regulador en el A2 será de 37.845,48 euros, mientras que en el A1 llega hasta los 48.086,76 euros.

Categoría de funcionarioBase de cotización para 2023 (euros)
A148.086,76 euros
A237.845,48 euros
B33.139,86 euros
C129.065,98 euros
C222.996,00 euros
E y Agrupaciones profesionales19.605,93 euros

Por otro lado, a los funcionarios se les aplica un porcentaje que depende de los años de servicio al Estado acreditados en el Cuerpo o categoría en los que desempeña su labor. En el caso de haber cumplido 15 años de servicio, el porcentaje correspondiente será del 26,92%, mientras que para alcanzar el 100% es imprescindible haber cumplido un mínimo de 35 años de servicio público.

Condiciones para que se produzca la subida salarial para los funcionarios

En 2023, la subida salarial reflejada en los Presupuestos es del 2,5% con la posibilidad de que sea un 1% más en función del IPC y el PIB nominal. Para ello, las condiciones son que el IPC armonizado de septiembre de 2022 hasta el presente año supere el 6%, lo que supondría una mejora del 0,5% en la nómina y, en segundo lugar, que el PIB nominal en 2023 sea igual o superior al del año anterior.

El Gobierno pretende compensar la pérdida de poder adquisitivo debido a la elevada inflación registrada en 2022. Un incremento que, según los cálculos del Ejecutivo, beneficiará a 2.717.570 empleados públicos. De cara a 2024, se prevé un incremento del sueldo del 2%, aunque podría llegar hasta el 2,5% en función de la variación del IPC armonizado. Si se cumplen todas las previsiones del Gobierno el incremento salarial fijo durante el período 2022-2024 cuenta con un porcentaje fijo del 8%, y que podría situarse en el mejor de los casos para estos trabajadores en el 9,5%.