Televisión

La CNMC sanciona a RTVE con 171.905 euros por irregularidades durante las Campanadas de 2024

El regulador impone una multa de 171.905 euros al ente público por emitir mensajes de patrocinio en varios canales sin cobertura legal.

La CNMC sanciona a RTVE con 171.905 euros por irregularidades durante las Campanadas de 2024
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La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha impuesto una multa de 171.905 euros a Radiotelevisión Española (RTVE) por la emisión de patrocinios considerados irregulares durante las Campanadas de Fin de Año de 2024. El organismo regulador concluyó que la corporación pública vulneró la Ley General de Comunicación Audiovisual al difundir mensajes de patrocinio en varios de sus canales sin que estos estuvieran amparados legalmente por los correspondientes contratos.

El programa especial de Nochevieja, titulado Feliz 2024, fue retransmitido el 31 de diciembre de 2023 de manera simultánea en La 1, La 2, Teledeporte, Clan y Canal 24 Horas. Las Campanadas estuvieron presentadas por Ana Mena, Ramón García y Jenni Hermoso, en una emisión que congregó a millones de espectadores en todo el país.

Según la resolución de la CNMC, los acuerdos de patrocinio suscritos con Telefónica, Repsol y Renfe estaban limitados exclusivamente a La 1. Sin embargo, RTVE emitió las mismas caretas publicitarias en el resto de canales que compartieron la señal, dando a entender que esas emisiones también estaban patrocinadas. En total, los mensajes se difundieron durante 96 segundos en cuatro canales donde no existía cobertura contractual para dicho patrocinio.

RTVE defendió su actuación alegando que no obtuvo un beneficio económico adicional. No obstante, la CNMC considera que la infracción se produjo por una actuación negligente y subraya que el daño no depende del lucro obtenido, sino de la posible confusión generada en los espectadores. El regulador sostiene que cada canal debe considerarse un programa independiente desde el punto de vista legal, incluso cuando se emite el mismo contenido.

La resolución también recalca la importancia del principio de transparencia en las comunicaciones comerciales audiovisuales, especialmente en el caso de la radiotelevisión pública. La legislación vigente es particularmente restrictiva con RTVE, que tiene prohibida la publicidad convencional y solo puede recurrir al patrocinio bajo condiciones muy concretas y claramente identificables.

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Ahora, RTVE dispone de un plazo de dos meses para presentar un recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional si decide reclamar la decisión del organismo regulador.

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