Atresmedia, obligado a pagar 157.500€ por cometer una “infracción grave”
La corporación televisiva ha sido sancionada por la emisión de publicidad encubierta en el programa ‘Juntas cambiamos’.


Malas noticias para Atresmedia. La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia ha condenado a la corporación televisiva a pagar una multa económica “por emitir publicidad encubierta”. Los hechos han sido difundidos por la propia CNMC en X -anteriormente Twitter-, donde han compartido un breve ‘post’.
“Sancionamos a Atresmedia por emitir publicidad encubierta. El programa, emitido en Atresplayer, estaba promovido por una marca comercial de alimentación, pero no se identificó adecuadamente su carácter publicitario”, han sido las palabras de la CNMC. Además, en el tuit se puede encontrar un enlace que lleva a una nota de prensa en la que la Comisión detalla las razones por las que sanciona a Atresmedia y la cuantía de la multa económica.
#Audiovisual | Sancionamos a Atresmedia por emitir publicidad encubierta
— CNMC (@CNMC_ES) February 25, 2026
NP: https://t.co/QP7OYYcbZe pic.twitter.com/pq4LKF7gei
De esta manera, el causante de esta sanción sería la publicidad emitida en el programa ‘Juntas cambiamos’: “La CNMC ha sancionado a Atresmedia por la emisión de publicidad encubierta en el programa ‘Juntas cambiamos’, difundido a través de su servicio de comunicación audiovisual a petición de Atresplayer. La infracción se produjo, al menos, entre el 16 de julio de 2024 y el 21 de mayor de 2025”.
“En la descripción del programa se indicaba que estaba ofrecido por una marca comercial de alimentación. Sin embargo, más allá de esa referencia inicial, el contenido no incluía ninguna identificación adicional de su carácter publicitario, en particular, mediante el indicativo de ‘publicidad’”, explica la CNMC.
Así, la Comisión Nacional enumera los elementos que hacen palpable “la existencia de una finalidad promocional en el contenido del programa”: “Durante su emisión se realizaron menciones directas a la marca, se aludió a productos alimenticios vinculados a la misma y se emplearon elementos visuales asociados a su identidad corporativa en el decorado, vestuario y materiales en pantalla”.
Según la CNMC, es una “infracción grave”
La CNMC califica lo hecho por Atresmedia como una “infracción grave”, aunque, eso sí, la actuación de la corporación televisiva ante la sanción, reconociendo su responsabilidad y solicitando la aplicación de las reducciones consiguientes, les ha permitido obtener una reducción en su cuantía, la cual, inicialmente, se ubicaba en los 262.500€.
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“La CNMC impuso inicialmente una sanción de 262.500€. Atresmedia reconoció su responsabilidad y solicitó la aplicación de las reducciones previstas por su reconocimiento y pronto pago. El importe final quedó fijado en 157.500€, lo que supone una reducción del 40% sobre la cuantía inicial”.
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