El detalle del billete de avión de vuelta a España que podría ser clave para la sentencia de Daniel Sancho
El caso de chef español está siendo examinado con lupa y un experto ha dado su opinión sobre cómo se podría usar en su defensa el pasaje.
Ya sea por su efecto halo, por su familia famosa o por lo macabro del suceso, el caso Daniel Sancho no deja de ser analizado con lupa en todos los programas de televisión, desde la crónica rosa hasta la negra, tras conocerse hace un año que el hijo del actor Rodolfo Sancho había confesado el asesinato del cirujano plástico colombiano Edwin Arrieta en Tailandia.
Pues bien, con la investigación ya cerrada por parte de la policía del país asiático, es el momento de la acción para la defensa del chef español, mermada tras la renuncia del letrado local que llevaba el caso. Los abogados del joven, ahora, deben estudiar todas las aristas del caso para lograr evitar la condena de pena muerte, ya que las autoridades tailandesas consideran que se trata de un asesinato con premeditación, y ese es el castigo en el país para este tipo de delitos.
Uno de los detalles a los que podría agarrarse la defensa del nieto de Sancho Gracia es el billete de vuelta que el joven habría comprado para regresar a España de sus vacaciones en Tailandia. La fecha de este pasaje es para el 23 de agosto, medio mes después de cuando se produjo el asesinato, lo que podría indicar que no estaba entre los planes del chef lo que finalmente ocurrió con el médico latinoamericano, ergo, no habría habido premeditación.
La opinión de un experto
El catedrático de Derecho Penal Emilio Cortés analizó ayer por la noche en el programa laSexta Xplica cómo podría influir en la fecha de este billete en el factor de la premeditación del asesinato, que tuvo lugar el 5 de agosto.
“En derecho, todo depende del cristal con el que se mire. También se podrá decir que era una especie de añagaza de él para precisamente no justificar esa premeditación”, dijo. Y manifestó que para las autoridades serán claves en el juicio del crimen “esos actos previos que causalmente iban predeterminados a producir el resultado de muerte, con independencia de que tuviera un billete, o de que no lo tuviera”.