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CORONAVIRUS E-COMMERCE

Devolver compras online en mitad del Covid-19: el gobierno suspende los plazos

Los 15 días que obliga la Ley no serán relevantes durante la crisis del Coronavirus, y quedan suspendidos los plazos.

Devolver compras online en mitad del Covid-19: el gobierno suspende los plazos

Nos hemos acostumbrado a la comodidad del e-Commerce, a comprar online y esperar tranquilamente a que nos lleguen los productos a casa, al trabajo, a una taquilla del gimnasio, etc. Pero la actual crisis del Coronavirus que estamos viviendo en España está golpeando a todos los sectores de la sociedad, y la compra online y física se están viendo afectadas por ello.

Suspendidos los plazos de Devolución

Cuando compramos un producto ya sea en una tienda online o física, por Ley tenemos 15 días desde la compra para devolverlo. Pero estamos en un Estado de Alarma, y la gran mayoría de tiendas están cerradas, con lo que la idea de haber comprado algo antes de la imposición de la cuarentena en el país -o incluso durante estos días si se ha hecho online-, lleva a pensar en qué podemos hacer si queremos devolverlo, ya que por ejemplo empresas como Correos han limitado su actividad estos días.

Bajo la idea de evitar desplazamientos innecesarios de los consumidores durante el período de reclusión en casa, el Gobierno de España ha aprobado en su último paquete de medidas la suspensión temporal de del plazo de 2 semanas para devolver un producto. Por tanto, si has comprado un móvil el viernes pasado, o te ha llegado un juego en estos días y quieres devolverlo, podrás hacerlo después que haya pasado el estado de alarma, y no podrán ponerte pegas en la tienda, ya sea online o física.

Cuando pase el estado de alarma

Según el Ministerio de Consumo, los plazos se reanudarán en el momento en el que el estado de alarma decretado pierda su vigencia. Esta medida ha sido incluida dentro del Real Decreto-ley 8/2020 del 17 de marzo, en el artículo 21 bajo el nombre de ‘Interrupción del plazo para la devolución de productos durante vigencia del estado de alarma’

Durante la vigencia del Estado de Alarma o sus posibles prórrogas, se interrumpen los plazos para la devolución de los productos comprados por cualquier modalidad, bien presencial bien on-line. El cómputo de los plazos se reanudará en el momento en que pierda vigencia el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el Estado de Alarma o, en su caso, las prórrogas del mismo.