Adel Mechaal, suspendido por la IAAF a tres días del Europeo
Es suspendido cautelarmente hasta que la AEPSAD resuelva el expediente que le abrió por no estar localizable tres veces en controles. Ha sido apartado de la Selección.
El español Adel Mechaal, subcampeón de Europa de 5.000 metros, ha sido suspendido cautelarmente por la Federación Internacional de Atletismo (IAAF) hasta que la Agencia Española Antidopaje (AEPSAD) resuelva el expediente que le abrió por no estar localizable tres veces para pasar controles de dopaje.
La suspensión cautelar impedirá a Mechaal participar el próximo domingo en los campeonatos de Europa de cross, que se van a disputar en la localidad italiana de Chia y para los que el mediofondista de origen marroquí había sido seleccionado. En su lugar irá el soriano Dani Mateo.
La Federación Española de Atletismo (RFEA), con el consentimiento del atleta, ha confirmado que el motivo de su baja en el equipo es la comunicación recibida de la IAAF en la que se informa de la suspensión cautelar de Adel Mechaal.
El atleta ha explicado que este miércoles recibió de la IAAF por correo electrónico la comunicación de su suspensión provisional en competiciones internacionales a la espera de la resolución del expediente disciplinario.
"Dicha suspensión cautelar, que no es una sanción por dopaje, me impide acudir al Campeonato de Europa de Cross", precisa Mechaal, que confirma la relación del expediente "exclusivamente con la supuesta existencia de controles fallidos" y fue incoado, a petición de la IAAF, 24 de octubre pasado por la AEPSAD.
Mechaal, según explica en su comunicado, impugnó el procedimiento de nombramiento del órgano arbitral realizado por la AEPSAD, lo impugnó y cuestionó la competencia de la AEPSAD para llevar a cabo el enjuiciamiento disciplinario, por entender que no era la autoridad que debe proceder a tramitar el expediente.
"El 4 de noviembre, ante las diversas cuestiones planteadas por mi parte, el árbitro decidió devolver el expediente a la AEPSAD. Desde el 4 de noviembre hasta el 7 de diciembre de 2016 no se ha tenido más noticia por mi parte respecto del citado expediente", asegura.
Hasta el 7 de diciembre de 2016 no se le ha notificado suspensión cautelar alguna por parte de la IAAF ni la AEPSAD; "y ello pese a que el último de los supuestos controles fallidos dataría del mes de julio de 2016 (siendo los anteriores supuestamente acontecidos en los meses de diciembre de 2015 y enero de 2016)", señala.
"No se me puede imputar la comisión de tres controles fallidos en el plazo de doce meses, de conformidad con la normativa antidopaje que resulta de aplicación. Buena prueba de ello es que la IAAF -en comunicación de 2 de agosto de 2016- me informó que el control fallido del 16 de julio de 2016 era el primero por mi parte cometido", añade.
Mechaal anticipa que a continuar defendiendo su inocencia ante las instancias competentes, "puesto que debo reiterar", insiste, "que no se me puede considerar autor de una infracción de las normas de dopaje".
Mechaal aprovecha el comunicado para mostrar su "total oposición a cualquier forma de dopaje y de repulsa hacia quienes infringen la normativa en dicha materia".
En agosto pasado, Mechaal se incorporó varios días después que el resto de los atletas olímpicos españoles a los Juegos de Río 2016, hasta que pudieron subsanarse los "problemas administrativos" que, según el delegado del equipo, le habían impedido viajar con la expedición oficial.
El delegado de atletismo, José Luis de Carlos, advirtió ya en Río que el expediente continuaría su curso: "Ni la Federación Española ni la IAAF le impiden que venga a Río, al menos por ahora, aunque yo no pongo la mano en el fuego por nadie, porque en estos asuntos es imposible predecir lo que puede ocurrir de aquí a mañana", comentó entonces De Carlos a EFE.
Mechaal no había podido justificar tres faltas en el sistema ADAMS por el que los atletas de elite tienen que comunicar su paradero durante todo el año a fin de poder ser sometidos a control de dopaje en cualquier momento.
El reglamento antidopaje de la IAAF establece (art. 32), entre las infracciones, la "negativa o resistencia, sin justificación válida, a una recogida de muestras tras una notificación hecha conforme a las normas antidopaje aplicables, o evitar de cualquier otra forma la recogida de muestras".
En su apartado d, indica que la "vulneración de los requisitos sobre la disponibilidad del atleta para la realización de controles fuera de competición, incluye el no presentar la información requerida sobre su localización, así como los controles que se consideren fallidos en base a las normas internacionales para Controles".
"Cualquier combinación de tres controles fallidos y/o no presentación de la información sobre su localización, que se produzca en un período de dieciocho meses establecido por la IAAF y/o las Organizaciones Antidopaje con jurisdicción sobre el Atleta, constituirá una infracción de las normas antidopaje".