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DOPAJE

España necesita una ley que tarda un año para aprobarse

Debe adecuarse al nuevo Código de la Agencia Mundial Antidopaje. Las leyes orgánicas obligan a un trámite con mayoría absoluta.

No impulsaron la ley. El ministro Wert con Miguel Cardenal.

En su condición de presidente del Consejo Superior de Deportes (CSD), Jaime Lissavetzky impulsó la Ley Orgánica de protección de la salud y de la lucha contra el dopaje en el deporte, que aprobada en noviembre de 2006 entró en vigor en febrero de 2007, y fue derogada en julio de 2013 por una ley posterior. Todas las iniciativas, incluso los cambios que se fueron introduciendo en la primera, han sido para adecuar la legislación española al Código Mundial de la lucha contra el dopaje en el ámbito deportivo internacional, con la influencia que eso conllevaba para las candidaturas de Madrid a los Juegos Olímpicos.

En 2015 entró en vigor un nuevo Código de la Agencia Mundial Antidopaje, más restrictivo en las libertades individuales y más severo en los castigos, con lo que obliga a introducir cambios en la Ley española, que se pospusieron por no ser el momento idóneo con elecciones en el horizonte.

En la legislación española las leyes orgánicas, por tratar derechos fundamentales, tienen un procedimiento de aprobación y derogación agravado, aprobadas por la mayoría absoluta del Congreso.

El trámite a seguir pasa por un anteproyecto que el Ministerio impulsor envía a los otros ministerios implicados, al Consejo de Estado, a las Comunidades y a la Fiscalía General. De ahí, al Consejo de Ministros, que presenta la ley en el Congreso, de donde se pasa al Senado, y vuelve al Congreso para la aprobación de la totalidad. El tiempo, en el mejor de los casos, es un año, aunque técnicamente se podría aprobar en seis meses.