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El Supremo considera legales los controles antidopaje nocturnos

Permite los controles a profesionales entre las 23:00 y las 6:00 pese a la oposición de la Asociación de ciclistas. Afirma que protegen la ética deportiva y la salud.

El Supremo respalda los controles nocturnos.

El Tribunal Supremo ha confirmado la legalidad del decreto del Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero que permitía controles médicos contra el dopaje a deportistas profesionales entre las once de la noche y las seis de la mañana, en las horas destinadas al descanso nocturno del deportista. La Asociación de Ciclistas Profesionales se opuso a la norma por esta previsión y también porque consideraba que el Gobierno la aprobó sin los trámites necesarios, aduciendo una urgencia que no estaba justificada y estando en funciones. El Supremo rechaza sus argumentos y confirma la validez del decreto.

El alto tribunal dice que la ley permite al Gobierno en funciones mantener su actividad sobre "el despacho ordinario de los asuntos públicos", sin que para ello se requieran situaciones de urgencia. La asociación que se oponía al decreto rechazaba, además, "la inclusión, entre las causas médicas que puedan justificar un control de salud a realizar entre las 23.00 y las 06.00 horas del día siguiente, de todas las relacionadas con el antidopaje". En este punto, el Supremo responde que los controles contra el dopaje tienen dos motivos, el de mejorar la ética deportiva y evitar que se compita con ventaja y el de la protección de la salud. Así, si el control médico busca prevenir un efecto contrario a la salud, si la causa médica para ese temor está debidamente justificada y si el riesgo es tan inminente que no cabe razonablemente esperar a que transcurra el tiempo de descanso del deportista, está justificado hacerlo, concluye el alto tribunal.