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La AN ratifica el límite de tres años de los contratos de TV
En esta sentencia, difundida por Europa Press, la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la AN considera que la limitación de tres años "es congruente y está justificada".
La Audiencia Nacional (AN) confirmó ayer la resolución de la Comisión Nacional de la Competencia (CNC) en la que resolvía que los contratos en vigor entre operadores y clubes para la emisión de la Liga y la Copa que tuvieran una vigencia superior a los tres años quedaban prohibidos y nulos desde la temporada 2012-13. La AN desestimó un recurso presentado por el Valencia contra la resolución de la CNC porque el club entendía que esa decisión afectaba directamente al modo en que había venido negociando y podría negociar en el futuro la venta de sus derechos audiovisuales.
En esta sentencia, difundida por Europa Press, la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la AN considera que la limitación de tres años "es congruente, está plenamente justificada y es proporcional en pro de la protección de un interés público constitucional".
Confirmación. Para la AN, además, "es imprescindible que exista una vía alternativa de acceso a los derechos que tiene que estar abierta en periodos de tiempo razonables". También puntualizó que contratos de mayor duración son "una práctica contraria a la libre competencia".
En 2010, la CNC declaró que los contratos audiovisuales de Liga y Copa "son prohibidos por la normativa de competencia cuando su duración sea superior a tres años" y declaró nulos la mayoría de los contratos de los clubes con Mediapro porque superaban ese plazo. Tras esto, el pasado verano nueve clubes decidieron normalizar la situación de sus contratos y firmaron con Canal+ (Atlético, Celta, Espanyol, Getafe, Osasuna, Real Sociedad, Zaragoza, Athletic y Betis) desde la 2012-13 a la 2014-15.