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MEDIOS

La AN ratifica el límite de tres años de los contratos de TV

En esta sentencia, difundida por Europa Press, la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la AN considera que la limitación de tres años "es congruente y está justificada".

POLÉMICA. Una cámara de televisión en un partido en Mestalla.
David González

La Audiencia Nacional (AN) confirmó ayer la resolución de la Comisión Nacional de la Competencia (CNC) en la que resolvía que los contratos en vigor entre operadores y clubes para la emisión de la Liga y la Copa que tuvieran una vigencia superior a los tres años quedaban prohibidos y nulos desde la temporada 2012-13. La AN desestimó un recurso presentado por el Valencia contra la resolución de la CNC porque el club entendía que esa decisión afectaba directamente al modo en que había venido negociando y podría negociar en el futuro la venta de sus derechos audiovisuales.

En esta sentencia, difundida por Europa Press, la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la AN considera que la limitación de tres años "es congruente, está plenamente justificada y es proporcional en pro de la protección de un interés público constitucional".

Confirmación.  Para la AN, además, "es imprescindible que exista una vía alternativa de acceso a los derechos que tiene que estar abierta en periodos de tiempo razonables". También puntualizó que contratos de mayor duración son "una práctica contraria a la libre competencia".

En 2010, la CNC declaró que los contratos audiovisuales de Liga y Copa "son prohibidos por la normativa de competencia cuando su duración sea superior a tres años" y declaró nulos la mayoría de los contratos de los clubes con Mediapro porque superaban ese plazo. Tras esto, el pasado verano nueve clubes decidieron normalizar la situación de sus contratos y firmaron con Canal+ (Atlético, Celta, Espanyol, Getafe, Osasuna, Real Sociedad, Zaragoza, Athletic y Betis) desde la 2012-13 a la 2014-15.