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La Fiscalía sugiere modificaciones en la Ley Antidopaje

Ve riesgos de inconstitucionalidad.

Cardenal.
Jesús Mínguez
Nació en Guadalajara en 1973. Licenciado en Periodismo por la Complutense. En AS desde el año 2000, es redactor jefe de Más Deporte. Ha cubierto cinco Juegos Olímpicos y unos Paralímpicos, Grand Slams de tenis, Davis, Laureus, candidaturas olímpicas, política, dopaje o grandes combates de boxeo. Le gusta escribir de deporte y también practicarlo.
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El anteproyecto de la nueva Ley Antidopaje, que aprobó el Gobierno en julio, puede tener lagunas, a juicio del informe que el Consejo Fiscal emitió el 17 de octubre. Lo más peliagudo tiene que ver con el artículo 37, el que dice que la Agencia Española Antidopaje "no tendrá competencias sancionadoras respecto de los deportistas calificados oficialmente como de nivel internacional o que participen en competiciones internacionales". Eso deja a estos una única vía de recurso, el TAS, ya que la sanción vendría impuesta por su federación nacional o internacional. "Es conocido que el Tribunal Constitucional pone reparos al arbitraje obligatorio", dice el texto. En España, las sanciones pasan a ser competencia de la Agencia, pero se circunscribe a deportistas 'nacionales'. Estas se podrán recurrir ante el nuevo Tribunal Arbitral del Deporte (antes CEDD) y quedaría abierta la vía de la justicia ordinaria. Desde el CSD no preocupa el dictamen y no se recogerá la recomendación "porque podrían acudir a los tribunales suizos, donde está el TAS" y confían en que en diciembre esté la Ley en las Cortes.

El informe también ve peligro de "hipertrofia" de una Agencia con más competencias y sugiere establecer un "umbral de creación endógena" para positivos con sustancias que genere el propio organismo.

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