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RFEF | Caso federación

El ‘caso FEF’ llega al Fiscal General

Su colega del juzgado 47 le pide que ordene la actuación de Anticorrupción al entender que existen indicios de delitos relacionados con este asunto

Juan M. Gascón
<b>PASO TRASCENDENTAL</b>. La Fiscalía Anticorrupción investigará a Villar y al resto de los dirigentes de la Federación.
FELIPE SEVILLANO

El fiscal del juzgado de lo penal número 47 de Madrid, Justino Zapatero, que instruye el denominado caso Federación, ha pedido al Fiscal General del Estado, Cándido Conde-Pumpido, que ordene la intervención de Anticorrupción. La solicitud, remitida la pasada semana, se sustenta tanto por la existencia de indicios de delitos de corrupción como por el alcance territorial de los mismos, muchos de los cuales abarcan a la totalidad del Estado, como las declaraciones de la renta de Villar en el País Vasco o las cuentas de la territoriales, que a partir de ahora podrán ser investigados. El informe se presentará al juez instructor José Sierra Fernández, para que se pronuncie sobre el mismo, aunque según las fuentes consultadas por este diario pudiera ser trasladado directamente, en función de la gravedad de las averiguaciones, a la Audiencia Nacional.

De momento, están imputados por este proceso el vicepresidente enconómico, Juan Padrón; el ex vicepresidente deportivo, Juan Espino (quien recientemente dimitió de su cargo); el administrador general, José María Castillón, y el vocal Antonio Borrás del Barrio, medida que también podría ser aplicada contra el presidente, Ángel María Villar. La acusación particular les atribuye haber incurrido en estafa, apropiación indebida, delito societario y administración desleal.

Las denuncias de De La Morena contra Padrón eran veraces, según una juez

La titular del juzgado de primera instancia número 62 de Madrid, Erika Ávila Martín, desestimó el 23 de diciembre de 2003 una demanda del vicepresidente de la FEF, Juan Padrón, contra José Ramón de la Morena por intromisión en el honor. El fallo puede tener una clara incidencia en el proceso, ya que concluye que "se puede afirmar que las noticias (emitidas en el programa El Larguero) encajan dentro del concepto de veracidad, entendido como el especial deber que se impone a los informadores de comprobar esta condición mediante las oportunas averiguaciones y la exigencia debida a un profesional". La resolución desestimó la demanda del directivo, al que condenó a pagar las costas, al considerar que "el periodista obró con diligencia al comprobar debidamente la información".