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LAS PALMAS

El futbolista Joel Domínguez es condenado a seis meses de prisión

La magistrada Virginia Peña Hernández impone la condena por quebrantar la orden de alejamiento sobre Sara Guerra López. Cabe recurso de apelación.

El futbolista Joel Domínguez es condenado a seis meses de prisión
Carlos Diaz-RecioDIARIO AS

El joven futbolista Joel Domínguez, que actualmente milita en el Unión Sur Yaiza, equipo lanzaroteño que milita en 2ª RFEF, acaba de sufrir un revés judicial de soberana importancia. Resulta que el Juzgado de lo Penal número 5 de Las Palmas de Gran Canaria, por medio de la magistrada Virginia Peña Hernández, le ha condenado a seis meses de prisión por quebrantar la orden de alejamiento que tenía sobre Sara Guerra López, a la que agredió cuando pertenecía a la cadena de filiales de la Unión Deportiva Las Palmas y ella era aún menor de edad. Como dicta la sentencia, se considera al deportista “autor criminalmente responsable de un DELITO DE QUEBRANTAMIENTO DE CONDENA del artículo 468.2 del Código Penal”.

Dicha orden de alejamiento le fue impuesta a Domínguez tras haber reconocido él mismo el 7 de marzo del año pasado, en sede judicial, haber agredido físicamente a Guerra. Se le impuso, en principio, la imposibilidad de acercarse a ella a menos de 500 metros, así como la imposibilidad de tenencia de armas durante dos años.

Los hechos sucedieron en el primer trimestre del año pasado. “Fue la Policía quién me abrió los ojos”, declaró la propia Sara, en exclusiva, en Diario AS. Poco después de ser condenado, ambos jóvenes pactaron una cita en el Parque Doramas, en Las Palmas de Gran Canaria, a través de los respectivos perfiles falsos que ambos se crearon en redes sociales. Ese encuentro se produjo la noche del 18 de marzo de 2023 y, ante la sospecha del mismo, la madre de Guerra, Mara López, acudió en busca de su hija. Al percatarse de esta presencia, ambos jóvenes disolvieron el encuentro y posteriormente llegó la denuncia de ambas a Joel por quebrantar esa orden. Estos hechos sucedieron cuando Domínguez, apartado por aquel entonces de los entrenamientos con sus compañeros pero ejercitándose con personal de la entidad, pertenecía a la cadena de filiales de la Unión Deportiva Las Palmas. Unos meses después entrenó con el primer equipo durante la pretemporada antes de su salida definitiva del club por negarse a entrenar con el filial.

Juicio

El juicio por haber quebrantado dicha orden de alejamiento tuvo lugar el pasado 9 de octubre con las declaraciones, entre otras personas, de Sara y su madre, por un lado, y las del propio Domínguez, su madre y su abuela por el otro. Precisamente, estas tres últimas declaraciones se contradicen entre sí, como se puede leer en la sentencia. Según la magistrada, “no existe ninguna duda” sobre la veracidad de lo declarado por Sara Guerra y Mara Torres”. Insiste, además, en que “el encausado, en el ejercicio legítimo de su derecho de defensa, mintió ante el tribunal al afirmar que esa tarde su padre le vino a buscar sobre las ocho y le llevó a su casa de Tamaraceite”.

Según la sentencia, es un “relato totalmente falso” al haber sido desmentido tanto por la abuela como por la madre de Joel Domínguez, pues la primera no recuerda el último contacto con el progenitor de Joel y la progenitora negó que acudiera ese 18 de marzo. “En definitiva, la declaración de la víctima reúne los requisitos jurisprudenciales de verosimilitud, incredibilidad subjetiva (sin que se haya acreditado ningún móvil espurio) y persistencia en la incriminación, además de haber sido totalmente corroborada por su madre”, se añade.

En cualquier caso, la sentencia ofrece la posibilidad de presentar un recurso de apelación en dicho Juzgado “en el plazo de DIEZ DÍAS, a contar desde su notificación para su resolución por la Ilma. Audiencia Provincial de Las Palmas”.

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