El Barcelona se evita un lío con Ciria
El Comité de Apelación de la FCF desestima el recurso del precandidato por las anulaciones de sus firmas en el proceso de validación.


El Barcelona, de momento, se evita un buen lío después que el Comité de Apelación de la Federación Catalana de Fútbol (FCF) ha resuelto desestimar el recurso presentado por el Marc Ciria en lo que se refiere al proceso de validación de las firmas presentadas para intentar ser candidato a las elecciones del club azulgrana.
Ciria presentó 2.844 firmas y al final solo fueron válidas 2.247. 598 quedaron descartadas. El corte era de 2.337 así que se quedó a 90 firmas de lograrlo. El precandidato no estaba de acuerdo con los argumentos que se le dieron por algunas de las anulaciones y presentó recurso.
El Comité considera que la Junta Electoral actuó de acuerdo con los Estatutos del Barcelona y con criterios jurídicamente justificados, por lo que el recurso es desestimado. Los argumentos esgrimidos por la FCF son los siguientes.
Incumplimiento de los requisitos estatutarios de los boletos de apoyo
Los Estatutos del FC Barcelona (art. 48.3) establecen requisitos concretos que deben cumplir los boletos de apoyo para que sean válidos. Estos requisitos tienen carácter constitutivo, es decir, si no se cumplen, el boleto no puede ser validado.
Dificultad de verificación y carencia de garantías en las firmas.
Las irregularidades en los datos dificultaban la comprobación por parte de la Junta Electoral y no garantizaban que el soporte se hubiera prestado con pleno conocimiento y con los datos correctos.
Aplicación correcta de los criterios por parte de la Junta Electoral.
El Comité concluye que la Junta Electoral no ha aplicado criterios más restrictivos que los previstos en los Estatutos, sino que se ha limitado a aplicarlos de forma literal y coherente.
Protección de los principios del proceso electoral.
La decisión de la Junta Electoral se justifica por preservar principios esenciales de un proceso democrático seguridad jurídica, igualdad entre candidato y transparencia.
No aplicación de la doctrina antiformalista.
El recurrente pide aplicar una interpretación flexible propia del derecho electoral público. El Comité rechaza esa pretensión porque las elecciones de una entidad privada como el FC Barcelona se rigen por sus Estatutos, no por las normas del derecho público electoral.
Noticias relacionadas
La Federación ya ha comunicado tanto al club como a la candidatura de Marc Ciria la resolución. Contra esta resolución se puede interponer recurso ante el Tribunal Català de l’Esport si así lo considera alguna de las partes.
¡Tus opiniones importan! Comenta en los artículos y suscríbete gratis a nuestra newsletter y a las alertas informativas en la App o el canal de WhatsApp. ¿Buscas licenciar contenido? Haz clic aquí






Rellene su nombre y apellidos para comentar