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CÁDIZ-ELCHE

Competición se inhibe sobre la impugnación del Cádiz del partido ante el Elche

El Comité “considera que carece de competencia para pronunciarse sobre la impugnación formulada por el Cádiz”. El conjunto gaditano podría acudir a la justicia ordinaria a final de temporada si descendiese.

16/01/23 PARTIDO PRIMERA DIVISION 
CADIZ - ELCHE 
RUBEN SOBRINO Y FEDE SAN EMETERIO PROTESTAN A DEL CERRO GRANDE UNA DECISION SUYA ARBITRO PROTESTAS
ALVARO RIVERODiarioAS

El Comité de Competición ya ha resuelto sobre la demanda del Cádiz para impugnar el partido del pasado lunes contra el Elche y que se repita desde el minuto 81. Fue entonces cuando el VAR concedió el gol de Ponce sin revisado un fuera de juego. El club sintiéndose agraviado deportivamente apeló al Comité, pero desestima el requerimiento. El conjunto gaditano, como ya avisó, podría acudir a la justicia ordinaria a final de temporada si descendiese.

Resolución del Comité de Competición.
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Resolución del Comité de Competición.

“La fundamentación de tal petición se realiza sobre la eventual existencia de un error técnico arbitral, por los motivos que se indican, invocando asimismo la existencia de precedentes en FIFA y UEFA”, detalla la resolución de Competición sobre la petición del Cádiz. Pero dicho organismo añade: “Examinado el escrito presentado y los motivos en el mismo expresados, este Comité de Competición, a la vista de lo establecido en la normativa vigente respecto a la disciplina deportiva (Ley del Deporte y Real Decreto sobre disciplina deportiva), en los Estatutos de la Real Federación Española de Fútbol y en el Código Disciplinario de la RFEF, considera que carece de competencia para pronunciarse sobre la impugnación formulada por el Cádiz CF SAD. En efecto, de acuerdo con lo establecido en las citadas normas, el ámbito de la disciplina deportiva se extiende a las infracciones de las reglas de juego o competición, tipificadas como tales en el Código Disciplinario de la RFEF y demás normativa aplicable a la disciplina deportiva, y a las infracciones de las normas generales deportivas, igualmente tipificadas en tales normas, no encontrándonos en el caso expuesto por el Cádiz CF SAD ante ninguno de los supuestos citados”.

De esta forma, y por los motivos mencionados anteriormente por el Comité de Competición, acordó “declarar su falta de competencia para conocer de la impugnación presentada”. Ahora el Cádiz deberá estudiar los siguientes pasos a dar por un error en el que ya han manifestado su gran enfado y por el que no descartan acudir a los tribunales para pedir responsabilidades a las personas físicas y jurídicas correspondientes.