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ATLÉTICO DE MADRID

Caso Trippier: "El triunfo del Atlético sería conseguir la cautelar del TAS"

Toni Roca, abogado especialista del Sports Law Institute, analiza para AS cómo se ha desarrollado la sanción del británico y en qué punto está ahora para el club rojiblanco.

Actualizado a
Trippier, en un entrenamiento del Atlético de Madrid
ATLETICODEMADRIDDIARIO AS

El caso Trippier ha dado otro giro esta semana y el futbolista vuelve a cumplir sanción, la misma que le impuso la Federación Inglesa en diciembre por revelar información privilegiada sobre su fichaje por el Atlético. Toni Roca, socio fundador de Himnus-Football Lawyers y del Sports Law Institute, conoce bien los entresijos de este caso y analiza con AS en qué punto está y cuáles serán los siguientes pasos. La clave es la fecha final del castigo: 28 de febrero. Nunca se irá más allá. El Atlético intenta que, para las cinco semanas y media que quedan, el lateral esté disponible lo máximo posible. La cautelar del TAS es el próximo punto en la ruta.

Empecemos por el principio de todo. Muchos aficionados se debaten sobre si la sanción es justa, atendiendo a que ni Trippier hizo la apuesta ni el objeto de la misma era estrictamente deportivo. ¿Lo es?

Partimos de la base de la que la Federación Inglesa (FA) tiene unas reglas muy estrictas con el tema de las apuestas. Y tienen su reflejo en la normativa FIFA. Está prohibido que los futbolistas puedan realizar apuestas relacionadas con la competición y el código ético de FIFA, en su artículo 26, dice que las personas sujetas a este código tienen prohibido participar, directa o indirectamente, en apuestas o negocios similares. En este caso Trippier no se ha beneficiado de esa apuesta, pero es una conducta prohibida por la FA y la FIFA.

Y eso que no eran apuestas sobre la competición propiamente…

Al final es dar información privilegiada. Quizá él era el único o casi el único que sabía que iba a fichar por el Atlético. Esto ocurre también en la bolsa y está perseguido. En este caso, la Federación entiende que ha incurrido en una infracción, según la regla G8, y le abre un procedimiento disciplinario. Y el Código Disciplinario de FIFA, en el artículo 66, dice que cuando la infracción es grave la asociación nacional puede solicitar la extensión de la sanción a nivel mundial. Y la FIFA suele concederlo. Por ejemplo, si sancionan a un dopado, se amplía a todo el mundo. O el famoso mordisco de Luis Suárez. Las apuestas también suponen una infracción que se tiene que cumplir en todo el mundo. La FA se lo ha solicitado a FIFA y ésta lo ha concedido, pues entiende que el procedimiento se ajusta.

Esto ocurre en diciembre y se le notifica la sanción a Trippier…

El futbolista no recurre la sanción, está conforme. El Atlético, entonces, lo que sí recurre es la extensión del castigo a nivel mundial, que es lo que le perjudica, cuando es algo que le ocurrió al jugador en Inglaterra. El club pide, en el mismo recurso, la suspensión cautelar al Comité de Apelación de la FIFA, que la acepta. ¿Qué sucede? La decisión de la FA estipula muy claramente que son 10 semanas a contar desde el 21 de diciembre y que, por tanto, termina el 28 de febrero. No dice “la sanción son diez semanas” a secas, sino que va de esta fecha a la otra. La FA ve que, con la cautelar, Trippier está esquivando la sanción y presenta un escrito ante la Comisión Reguladora, que es quien impone el castigo en Inglaterra, para pedirle que modifique los términos de la sentencia a “diez semanas”, sin fechas concretas, para evitar que con recursos y cautelares se pueda ir librando. La Comisión, sin embargo, le dice que no puede cambiarlo, aunque entiende que hay un vacío. Esto ocurre el 13 de enero y viene a explicar que este cambio supondría además un perjuicio extra para el jugador, que ha aceptado el castigo, ya está sufriendo los efectos del mismo y podría ver su suspensión prolongada en el tiempo.

Al Atlético le chirría también el momento de la sanción, pues no se pierde ningún partido con Inglaterra y sí unos cuantos con el equipo. Gil Marín hablaba incluso de que quedaba en cuestión la ética de la FA…

No lo sabremos, quizá si Trippier fuera un jugador de Segunda le habrían metido 14 semanas o 20… Pero es titular con su selección y va a intentar no tirarse piedras contra su propio tejado, sí. Puedes tener tus suspicacias porque es mucha casualidad. Pero desde un punto de vista legal no hay nada a lo que agarrarse porque es indemostrable.

¿Y en qué punto estamos?

Este lunes se pronunció la FIFA. El Comité de Apelación, que había concedido la cautelar mientras, desestimó el recurso presentado por el Atlético. Después de que la Comisión Reguladora de la FA dijera que no podía cambiar su decisión, la FA se quejó y, a los pocos días, la FIFA ha decidido desestimar el recurso. Trippier vuelve a estar castigado.

Y el Atlético va a por el siguiente paso: el TAS.

Con esta decisión, se puede ir al TAS. Allí puede hacer lo mismo, presentar el recurso con la solicitud de medidas cautelares mientras se resuelve el caso y así la sanción queda suspendida a nivel mundial. Con esto gana tiempo. Si el TAS suspende momentáneamente el castigo, los días seguirán corriendo porque la decisión es que la sanción es hasta el 28 de febrero. Al tener tal fecha límite, el Atlético pide suspensiones cautelares y así va ganando tiempo. Imagínate un caso extremo: si el TAS concediera la cautelar y no se pronunciara hasta marzo, el futbolista habría podido jugar y este tramo de sanción no tendría que cumplirlo nunca. La victoria del Atlético es que el TAS le dé la cautelar, porque el tribunal tardará en decidir, tiene que citar a las partes…

¿Qué plazos se pueden esperar del TAS?

Lo lógico es que se pronuncie pronto sobre la cautelar. Y es lo que tiene que buscar el Atlético, si le dan la razón en marzo o no ya dará igual. El TAS puede luego pronunciarse rápido si es necesario, pero dependerá de lo que soliciten las partes. La cautelar debería llegar rápido y luego la decisión sobre el fondo puede que tarde más. Ahí el Atlético tendrá que hacer lo posible por dilatar el proceso. No obstante, los plazos en la justicia deportiva se intenta que sean reducidos.

¿El Atlético realmente puede ganar algo más que tiempo con el recurso? ¿Hay opciones de que le den la razón?

Es muy difícil, porque la norma es clara, aunque te pueda parecer injusto. El primer perjudicado al final es el futbolista, no puede jugar, se le ha recriminado públicamente, incluso a nivel familiar puede haber generado problemas… Por eso el Atleti recurre la extensión a nivel internacional. Es decir, el TAS no puede reducir la sanción. Lo único que puede decir es si extiende los efectos del castigo o no, pero no rebajarla de esas 10 semanas. Si el futbolista hubiera recurrido, sería diferente. Pero acató y la sentencia ya es firme.