La Audiencia Nacional anula la cláusula para los equipos que no firmaron el convenio
La sentencia de la Audiencia Nacional anula la famosa cláusula de compensación de para los equipos que no firmaron (Real Madrid, Athletic y Barcelona) y las jugadoras que no pertenezcan a ninguno de los sindicatos que firmaron el convenio hasta que se publique en el BOE
La Audiencia Nacional ya ha dictado sentencia con respecto al conflicto entre las jugadoras y los clubes por la famosa cláusula de compensación. El juez ha anulado la cláusula para aquellos clubes que no firmaron el convenio colectivo, es decir, Real Madrid, Barcelona y Athletic, además de para las jugadoras que no pertenezcan a ninguno de los sindicatos firmantes hasta que el convenio sea publicado en el BOE. Así, los tres clubes que no pertenecen a la Asociación de Clubes podrán fichar a las jugadoras libres de contrato menores de 23 años sin abonar las cláusulas de compensación que reivindican los clubes a los que pertenecían las jugadoras. El convenio, y por lo tanto las cláusulas, pasarán a tener validez cuando sea publicado oficialmente en el BOE, cosa que aún no ha ocurrido.
Por lo tanto, el artículo 20 del I Convenio Colectivo de Fútbol Femenino Profesional sigue vigente a pesar de la denuncia de Futbolistas ON a la que se unió el Real Madrid, pero no ha conseguido la nulidad total, ya que dicho artículo será válido una vez el convenio haya sido publicado en el BOE. Según la sentencia, el convenio y por lo tanto ese artículo ha de limitarse a los firmantes ya que al no haber sido objeto de publicación en el BOE no reúne los requisitos de validez del artículo 90 del Estatuto de los Trabajadores para tener la consideración de convenio estatutario. De esta forma, las jugadoras que no pertenezcan a los sindicantos firmantes y los clubes que no pertenecen a la Asociación de Clubes no tiene que regirse por dicho convenio, ni, por lo tanto, deberán abonar o podrán pedir cláusulas de compensación por sus futbolsitas menores de 23 años.
No se anula ni habrá negociación
En la demanda, se pedía que el artículo 20 fuera anulada por no presentarse a tiempo a la Comisión Paritaria. La sentencia asegurá que sí se presentó a tiempo y que la acción entablada, al ser de naturaleza colectiva, impide entrar a ponderar las circunstancias singulares respecto de cada una de las jugadoras. También desestimó que la fijación del importe de compensación por formación haya de ser consensuado entre los clubes de procedencia y las jugadoras incluidas en la lista de compensación.
Las consecuencias
Como tal, después de esta sentencia, el Real Madrid, Athletic y Barcelona podrían hacerse con los servicios de cualquier jugadora menor de 23 sin tener que abonar la cláusula, al no se parte firmante del convenio y hasta que este se publique en el BOE. Así mismo, las cláusulas que el Athletic impuso a Maite Oroz y Dámaris Egurrola de 250 mil euros quedarían sin validez, así como las que puso el Barcelona a sus jugadoras que terminaban contrato, aunque en este caso todas la renovado y ya no tienen sentido. El breve, habrá movimientos en el mercado...