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CÓRDOBA

Facua denuncia al Córdoba CF por incluir "cláusulas abusivas" en la contratación de sus abonos

Facua denuncia que el club no compensará a los abonados en casos excepcionales con la reducción del aforo o jugar a puerta cerrada.

23/02/20 PARTIDO GRUPO IV SEGUNDA B CADIZ B - CORDOBA 0-1 GOL DEL CORDOBA DE LAS CUEVAS ALEGRIA PARTIDO SEGUNDA DIVISION B
ALVARO RIVERODIARIO AS

La organización de consumidores Facua Córdoba ha denunciado a la Unión Futbolística Cordobesa SAD, la sociedad que gestiona el Córdoba CF, ante la Dirección General de Consumo de la Junta de Andalucía por incluir "cláusulas abusivas" en las condiciones generales de contratación de sus abonos para la próxima temporada.

Según ha indicado Facua en una nota, el club impone en dichas condiciones "la pérdida de las cantidades abonadas" en caso de que el contrato no pueda cumplirse por causa de fuerza mayor, "como la reducción del aforo, la imposición de jugar a puerta cerrada determinados partidos os cualquier medida que guarde relación directa o indirecta con la situación sanitaria actual del covid-19".

En este sentido, la organización de consumidores ha advertido de que la imposición de este tipo de cláusulas "puede suponer una infracción grave en materia de consumo, al ser contrarias a lo que dispone el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias".

Así, la asociación ha señalado que el Córdoba CF ha podido incurrir en una infracción por "incumplimiento de obligaciones o prohibiciones contractuales legales", que el artículo 71.6 de la citada normativa señala como aquellas que representen cláusulas reconocidas como abusivas por la legislación de defensa de los consumidores.

De igual forma, el artículo 82 también considera como abusivas aquellas prácticas que "en contra de las exigencias de la buena fe causen, en perjuicio del consumidor y usuario, un desequilibrio importante de los derechos y obligaciones de las partes", mientras que el artículo 82.4 entiende abusivo "vincular el contrato a la voluntad del empresario" y el artículo 87 "la falta de reciprocidad en el contrato".

Por todo ello, Facua ha señalado que la sanción a la que se puede enfrentar el Córdoba CF por vulneración de la normativa de consumo "lleva aparejada una multa de entre 5.001 y 60.000 euros".