ProLiga presenta 6 alegaciones al Anteproyecto de Ley del Deporte
Los servicios jurídicos de esta comisión piden modificaciones en asuntos que afectan a clubes y jugadores en Segunda B y Tercera.
El servicio jurídico de ProLiga (Comisión de clubes de Segunda B y Tercera), remitió el pasado martes 5 de marzo al Consejo Superior de Deportes (CSD), en el plazo conferido legalmente para hacerlo, seis alegaciones al Anteproyecto de Ley del Deporte con la intención de mejorar el referido anteproyecto antes de ser remitido al Consejo de Ministros. Las alegaciones que presenta ProLiga se refieren básicamente a las competiciones profesionalizadas, el estatus del deportista profesionalizado, la duración de licencias y Canon Formativo, derechos económicos., reestructuración del TAD y supresión de Tasas en los Recursos.
El comunicado oficial de ProLiga añade de que trata cada una de las peticiones:
"1.- Las competiciones profesionales y profesionalizadas: estimamos que los artículos 87 y 88 son ambiguos y necesitan mayor concreción o detalle de los requisitos para estimarse una competición como Profesional y/o Profesionalizada. Atendiendo a los requisitos establecidos en los artículos 87 y 88, las competiciones que en la actualidad son ámbito nacional y carácter no profesional (Segunda División “B” y Tercera División) podrían tener cabida tanto en competiciones profesionales como en competiciones profesionalizadas, por lo que se hace indispensable que se establezca con mayor detalle los requisitos de unas competiciones u otras y ello para evitar interpretaciones que lleven a equívocos, errores y a disputas por la organización y gestión de la competición.
2.- El estatus del deportista profesionalizado: el estatus del deportista profesionalizado sería la condición de los deportistas que desarrollan su actividad en Clubes que participan en competiciones oficiales de carácter nacional profesionalizadas, percibiendo de los Clubes de los que dependen retribuciones inferiores a las establecidas en los Convenios Colectivos aplicables a deportistas que desarrollan su actividad en Clubes que compiten en competiciones profesionales. Ley del Deporte, a fin de adecuarse a la realidad que vive el deporte y perdurar en el tiempo, se hace imprescindible la regulación del Estatus del deportista profesionalizado y establecer una cuota fija de cotización para los Clubes que participen en competiciones profesionalizadas y contraten deportistas profesionalizados.
3.- Duración de la Licencia Federativa y Canon Formativo: en la lectura del Anteproyecto parece establecerse la posibilidad de que los menores de edad rescindan el vínculo federativo con un Club para suscribir licencia federativa con el Club que deseen y sin posibilidad de que las Federaciones se nieguen a la tramitación de la nueva licencia y los Clubes se puedan oponer aludiendo a la vigencia del vínculo federativo. No cabe la menor duda de que la vigencia del vínculo federativo hay que respetarla y que en tanto en cuanto éste se encuentre vigente, el deportista, aun siendo menor de edad, no puede suscribir licencia federativa con otro Club. Permitir a un deportista menor de edad incumplir su compromiso federativo con un Club para suscribir licencia federativa con otro, es contrario o podría llegar a serlo, a la integridad y pureza de las competiciones, pudiendo causar, además un problema organizativo a los Clubes, pues se puede dar el caso de que una plantilla a mitad de temporada se vea desmantelada. El establecer un CANON FORMATIVO en el ámbito de las Federaciones Deportivas, se trata de proteger, por un lado, el esfuerzo y dedicación que los Clubes realizan día a día en la formación de sus deportistas y que ésta se vea compensada inmediatamente con el pago de un canon cada vez que uno de los deportistas formalizan Licencia con un Club dependiente de una Liga Profesional, y por otro lado, proteger al menor de la especulación que los Clubes profesionales realizan sobre los menores, con serio riesgo de poder sufrir trastornos psicológicos por no “triunfar” en el equipo del Club profesional y tener que volver a la disciplina del Club de base.
4.- Comercialización de los derechos económicos: debe quedar claro y solicitamos que expresamente así se estipule, que los derechos audiovisuales en competiciones distintas a las profesionales y/o profesionalizadas son propiedad de los Clubes quienes podrán comercializarlos y explotarlos sin ningún tipo de limitación.
5.- Reestructuración del Tribunal Administrativo del Deporte (TAD): tanto por el número de afiliados (casi un 10% de la población total de España), como por la existencia de 66 Códigos Disciplinarios (uno por cada disciplina deportiva) y en aras a dar cumplimiento al artículo 24 de la Constitución Española y no causar indefensión, sin duda alguna se hace necesaria una reestructuración del TAD:
- Creación de un Tribunal Administrativo del Deporte con dedicación exclusiva. de sus componentes y carácter diario y regular de sus funciones.
- Distribuido en secciones o en disciplinas deportivas.
- Miembros “ad hoc” según la disciplina deportiva.
6.- Supresión de Tasas para presentar alegaciones o recurrir en materia de disciplina deportiva: desde hace unos años, en el seno de algunas Federaciones Deportivas se ha puesto de “moda” imponer tasas tanto para presentar alegaciones como para recurrir, advirtiendo expresamente que “la omisión en el pago dará lugar a la no consideración del recurso por el órgano disciplinario” (sic). Sin duda alguna, dicha imposición de tasa vulnera el derecho fundamental de tutela judicial efectiva consagrado en el art. 24.1 de la Constitución, así como el principio de gratuidad de la Justicia del art. 119. CE. No es admisible que en un procedimiento administrativo de un Estado social y democrático de Derecho y que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico la justicia y la igualdad (art. 1.1 CE), se exija para el ejercicio de los derechos el pago de tasas, impidiendo o limitando así el ejercicio de la tutela judicial efectiva".
El Consejo Superior de Deportes remitió respuesta inmediata a ProLiga agradeciendo las aportaciones enviadas y asegurando que pasarían a su detenido estudio.